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CAUSAHABIENCIA
- Consulta : 126448
- Autor : dario.portillo_NR
- Publicado : Miércoles 28 de Septiembre de 2011 13:53 desde la IP: 201.149.203.86
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 28 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Morelos
Yo tengo necesidad de que me respondan con respecto a la causahabiencia en materia penal. Resulta que necesito que tal figura mesea reconocida en indagatorias donde mi madre resulta ser la ofendida, pero el criterio del agente de la mesa de tramite dice que ésto acontece hasta la muerte de mi madre. Por lo que puedo entender, segun el código procidimental, no precisamente acontece hasta la muerte de mi madre... agradeceré sus respuestas que me orienten al respecto. gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 240257
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 14:02 2011-09-28 14:02 desde IP: 189.156.125.10
y para que se enreda,por que no acude a un notario y le pide un poder para representarla en juicio, en querellas denuncias y demas, la causahabiencia es otro rollo. habra actos que necesitaen que ella s eaersone forzosamente pero para el seguimiento de sus denuncias basta el poder.
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Autor
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AutorRespuesta No: 240261
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2011 14:18 2011-09-28 14:18 desde IP: 148.233.178.77
absolutamente de acuerdo con el anterior forista..... la causahabiencia existe después de la muerte del autor, pero mientras esté vivo, si quiere representarla en juicio o ante cualquier autoridad, deberá hacerlo mediante poder notarial. Saludos
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Autor






