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DIFERENCIA ENTRE EL AUTO DE LIBERTAD POR FALTA DE MERITOS Y EL AUTO DE NO SUJECCION A PROCESO
- Consulta : 152047
- Autor : genius_luis7_NR
- Publicado : Lunes 21 de Mayo de 2012 19:03 desde la IP: 187.135.179.207
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,142
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 21 de Mayo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 267631
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Mayo de 2012 20:53 2012-05-21 20:53 desde IP: 189.228.129.214
Materialmente es lo mismo, pero formalmente se refiere a cuentiones diversas, interpretado de forma positiva digamos que serías los conceptos: Un Auto de Formal prisión y un Auto de Sujección a Proceso, en donde el primero es una resolución para seguir proceso por delito que merece pena corporal (de prisión) la cuál dependiendo si el delito es grave o no será restrictiva de libertad.
En el caso del Auto de Sujección a proceso es cuando se te le va a seguir un proceso a una persona por delito que tiene contemplada pena alternativa o no contempla la pena de prisión.
Espero te haya quedado claro, en lo que tu expones en tu consulta, sería el aspecto negativo de lo que te acabo de explicar, es decir cuando se niegan uno y otro!!
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 267652
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Mayo de 2012 22:26 2012-05-21 22:26 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS NOCHES:
Auto de libertad por falta de meritos, es el auto d etermino, dictado por el juez, donde se reconoce que no existe un delito.
Auto de no sujeciòn a proceso, es el auto de termino, dictado por el juez donde le comunica al probable responsable que no hay proceso en su contra.
Parecen lo mismo, pero no lo es asi.
Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1
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Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 267658
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Mayo de 2012 22:49 2012-05-21 22:49 desde IP: 189.228.129.214
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Autor
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AutorRespuesta No: 267660
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Mayo de 2012 22:51 2012-05-21 22:51 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS NOCHES:
Saludos LIC TANGO, estamos pendientes de cualquier disertacion al caso concreto.
Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
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Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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AutorRespuesta No: 267904
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Mayo de 2012 15:36 2012-05-23 15:36 desde IP: 201.102.219.155
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