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AYUDA CON UN CONTRATO DE CONFUSIóN

  • Consulta : 214767
  • Autor : carloschulim_NR
  • Publicado : Lunes 25 de Noviembre de 2013 18:38 desde la IP: 187.153.132.211
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,139
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  • Autor
    Consulta

  • carloschulim_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Quintana Roo

    Hola Buenas noches! ;) 

    Soy estudiante de Derecho y leyendo el código civil me topé con un artículo (el cual voy a citar) :

     

    Las obligaciones se extinguen:

    1. Por el pago o cumplimiento.
    2. Por la pérdida de la cosa debida.
    3. Por la condonación de la deuda.
    4. Por la confusión de los derechos de acreedor y deudor.
    5. Por la compensación.
    6. Por la novación.

    Sé hacer escritos de casi todos estos puntos menos y  no entiendo como hacer una demanda del punto número 4 (Por la confusión de los derechos de acreedor y deudor) alguien me podría guiar o dar tips... De antemano muchas gracias  :D 

     

    Carlos Chulim Magaña.

    Las obligaciones se extinguen:
     
    Por el pago o cumplimiento.
    Por la pérdida de la cosa debida.
    Por la condonación de la deuda.
    Por la confusión de los derechos de acreedor y deudor.
    Por la compensación.
    Por la novación.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 333087

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, sigue estudiando el Código y, además, a diversos autores civilistas, y te aseguro que podrás aclarar todas tus dudas, no solamente respecto la confusión de derechos, sino de cualquier otro tema de la materia.



  • Autor
    Respuesta No: 333096

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Contrato de Confusión?????.

     

    El confundido eser tu mi amigo, eso no existe, no mal interpretes el codigo, no existe y ni existira jamas ningun contrato de confusión. 

     



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