Buen dia
Me uno a este foro con una gran duda, cuanodo me case con mi esposa ella tenia una hija la cual nunca conocio al padre ya que se separaron al momento del nacimiento, pero esta persona hizo el reconocimiento de la menor, en la acta de nacimiento funje como el padre, nunca se hizo cargo, y tiene la niña ya 8 años, debido a la falta de manutencion que nunca dio, nuestro abogado nos recomendo in corporaruna demanada de perdida de patria potestad por incumplimiento de manutencion y presentar pruebas para dicho fin, para asi proceder posteriormente a un juicio de adopcion y poder con esto cambiar el apellido de la niña al mio, pero mi duda es: Comprendo que el proceso sera arduo, pero realmente se puede cambiar el apellido ? o es imposible bajo estos rubros?, puedo adoptarla yo aun teniendo ella un padre biologico? en caso de poderla adoptar es legalmente posible que se pueda realizar el cambio de apellido? entiendo que el articulo 25 menciona algo sobre la adopcion (soy medico no se de leyes lo siento)
LEgalmente comprendo hay varios abismos envarios rubros de lo familiar que se han quedado en los años 1830 y que la ley esta divorciada de la pscologia y psiquiatria , por lo que puede sonar una frivolidad y una tonteria querer cambiar apellidos, pero ojala apesar de ello puedan brindarme una luz para dilucidar plenamente SI ESTO ES POSIBLE O MEJOR NO PIERDO EL TIEMPO
GRACIAS