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CAMBIO DE REGIMEN MATRIMONIAL

  • Consulta : 112366
  • Autor : adrich9_NR
  • Publicado : Miércoles 11 de Mayo de 2011 19:59 desde la IP: 189.212.6.108
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,139
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  • Autor
    Consulta

  • adrich9_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes, tengo 4 años de casada y me interesa cambiar mi régimen matrimonial de bienes mancomunados a bienes separados, radico en el DF y me interesa saber cual es el procedimiento que debemos seguir, ya que estamos de acuerdo.

     

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 222931

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR;  …..Puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también  acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos.-  - - -Como ya tengo expresado, busca un abogado especialista en derecho familiar, no un “abogado”, no un “buen abogado”, un especialista en DERECHO FAMILIAR;  …..Si… ya me dijeron que no haga tanta publicidad a los bufetes jurídicos gratuitos porque están saturados y luego no cumplen... pero nada le quita tratar de asesorarse antes de contratar un abogado.... e s p e c i a l i s t a.... suerte..... y  saludos a los colegas participantes....


     



  • Autor
    Respuesta No: 222934

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Esposible, solo debe de acudir con un juez y hacer la disolicion y liquidación de la sociedad conyugal, una vez he ho esto la sentencia que dicte el juez debera protocolizarse ante un notario e inscribir la escritura en el registro publico de la peopiedad.





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