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SETENCIADO MUERE
- Consulta : 276718
- Autor : sharlot.garza_NR
- Publicado : Sábado 12 de Septiembre de 2015 10:23 desde la IP: 187.199.43.138
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,141
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 12 de Septiembre de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Que tal buenas tardes, tengo una duda!!
el caso es este ; una persona es sentenciada por despoojo a un 1 año 7 meses y a el pago de la reparacion del daño (un bien inmueble),pero esta persona muere, que procede como es exigible la repatracion del daño, si en ese bien inmueble habita su famila, se les puede, acusar a ellos de despojo o que pasa?
disculpen si no me exprese bien, espero me puedan ayudar.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 385364
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Septiembre de 2015 10:45 2015-09-12 10:45 desde IP: 187.140.207.121
Se tiene que abrir el juicio sucesorio, solo para efectos de reparación del daño.
Ahora bien, no nos indica si dicha denuncia y proceso fue solo en contra que lamentablemente falleció o bien contra varios miembros de su familia y sólo lo sentenciaron a él.
Esa información ayudará a asesorarle de una manera mas certera.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 385365
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Septiembre de 2015 10:53 2015-09-12 10:53 desde IP: 187.199.43.138
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Autor
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AutorRespuesta No: 385369
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Septiembre de 2015 11:23 2015-09-12 11:23 desde IP: 187.140.207.121
No... Si usted quiere que se le repare el daño por la vía civil, tiene que iniciar usted el juicio, lo bueno es que todos los gastos que esto le origine, puede cobrarlo a la propia sucesión tiempo después.
Saludos.
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Autor






