Estado de Referencia: Aguascalientes
Buen dia, mi consulta es la siguiente,
Me realizron una ejecucion forzoza, cuando me entregan el documento dice a la letra:
" en el entendido de que el señalamiento de bienes respectivo queda a cargo unicamente de la promovente..."
me parece que me estan violando el art.
ARTICULO 521. EL DERECHO DE DESIGNAR LOS BIENES QUE HAN DE EMBARGARSE CORRESPONDE AL DEUDOR; Y SOLO QUE ESTE SE REHUSE A HACERLO O QUE ESTE AUSENTE, PODRA EJERCERLO EL ACTOR O SU REPRESENTANTE, PERO SIEMPRE SUJETANDOSE AL SIGUIENTE ORDEN:
Que puedo hacer.
Gracias.