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LA LEY 40 APLICA IGUAL PARA LAS PERSONAS QUE CUENTAN CON EL SERVICIO DEL ISSSTE
- Consulta : 246509
- Autor : magua_lupis_NR
- Publicado : Miércoles 29 de Octubre de 2014 12:41 desde la IP: 205.219.133.1
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 29 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Nuevo León
BUENAS TARDE
MI MAMA ACTUALMENTE TIENE 59 AñOS TIENE EL SERVICIO DEL ISSSTE PUEDE APLICAR A LA MODALIDAD 40 Y COTIZAR PARA SUBIR SU PENSION
SU SUELDO AL MES ES DE 6000 DESEA RECIBIR UNA PENSION MAS ALTA
Y SI SE JUBILA A LOS 60 AñOS MI MAMA QUE PORCENTAJE DE PENSION VA A RECIBIR
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 369185
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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Octubre de 2014 21:44 2014-10-29 21:44 desde IP: 189.134.167.42
Vamos por partes.
¿Tu mamá cotiza en el ISSSTE o solo "tiene el servicio"?
O ¿Tu mamá cotiza en el IMSS?
La modalidad 40 (Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio) es una forma de cotización voluntaria en el IMSS, nada que ver con el ISSSTE.
En el ISSSTE también existe una forma de Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, pero muy diferente al IMSS.
En ambos casos hay que estar sin relación laboral.
En el IMSS te puedes inscribir hasta cinco años después de dejar de cotizar, en el ISSSTE es antes de 60 días.
En el IMSS el salario tope son 25 salario mínimos, en el ISSSTE es el sueldo básico que tenía al momento de su baja con un límite de 10 salarios mínimos.
Para darte una mejor orientación púedes empezar por aportar más datos como el tiempo cotizado que tiene y en qué instituto.
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