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INDENMIZACION Y DICTAMEN MEDICO

  • Consulta : 181229
  • Autor : max.bombon_NR
  • Publicado : Miércoles 26 de Diciembre de 2012 09:46 desde la IP: 200.77.172.219
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,145
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  • Autor
    Consulta

  • max.bombon_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    hola buenos dias, tuve un accidente de trabajo el dia 23 de mayo 2010, y despues de varios meses de terapia decidio el seguro darme una indenmizacion, pero ya salio mi dictamen medico y resulta que dice que tengo incapacidad permanente ........... esta la tengo que presentar en mi trabajo pero no se si la empresa tiene alguna obligacion para conmigo o simplemente me tiene que liquidar?????? gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 296676

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La incapacidad permanente puede ser parcial o total.

    No aclaras qué tipo de incapacidad y con que valuación te la dieron.

    En caso de una IPP, si la valuación es hasta un 25%, procede el pago de una indemnización que te pagará el seguro, mayor a 25% y hasta 50% tu elijes entre indemnización o pensión, mayor a 50% corresponde pensión.

    En caso de una IPT corresponde pensión.

    En los casos de una IPP, el patrón debe tratar de acomodarte en un puesto que puedas desempeñar con las prestaciones y salario propias de ese puesto, si el daño que sufriste hace ya imposible que desarrolles alguna labor en esa empresa entonces si existe la posibilidad de que el patrón termine la relación laboral, en cuyo caso solo está obligado a pagarte tu finiquito de las prestaciones que te adeude, prima de antigüedad y un mes de salario.



  • Autor
    Respuesta No: 296734

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Te hago una aclaración, el mes de salario a que hago referencia, solo se paga si la incapacidad física que impide la continuación de la relación laboral es debido a un riesgo no de trabajo.



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