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KALIMBA Y LA VIOLACION

  • Consulta : 99053
  • Autor : MEXCARLOS2010_NR
  • Publicado : Sábado 22 de Enero de 2011 13:27 desde la IP: 201.164.85.178
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • MEXCARLOS2010_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sonora

    Buenas tardes, sres y sras, en estos dias creo yo que si no todos cuando menos la mayoria hemos escuchado en radio y television, sobre el caso Kalimba, vi en noticias de cadena nacional, la rapidez con la que las autorides actuaron en este caso, llamese PGR, INTERPOL, FBI, para la captura de este muchacho (Kalimba) mas me queda una duda, por que no han actuado en el caso del productor television que mato a su esposa ahi mismo en Quintana Roo. pero en fin...

    En el motivo de esta consulta, es por el hecho de que creo a mi umilde opinion que tambien a los padres y tios de la menor, se les deberia integrar averiguacion penal por el delito de corrupcion de menores, ya que el hecho de por consentimiento o negligencia,  no brindar el cuidado debido a un menor de edad y esto desemboque en una violacion de este, como se supone que deberia ser , ya que que tiene que andar haciendo una menor de edad a esas horas de la madrugada en un hotel? por lo que creo que procede accion penal en contra del tio que le gusta salir en television por la corrupcion de su sobrina?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 206530

  • SKINERF
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Inprocedente, ¿osease que si me atropellan a las 3 am la culpa es mia por salir a esa hora.?



  • Autor
    Respuesta No: 206537

  • letyespino
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    como padre...le puedo dar la razón..o abogado... como defensor del derecho... no diga tonterias... !



  • Autor
    Respuesta No: 206558

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido MEXCARLOS2010

     

    En el caso de Kalimba Kadjhali Marichal Ibar, con la información exclusivamente de los medios de comunicación, y de lasdeclaraciones del C. Procurador Francisco Alor Quezada, sobre la causa No 06/2011, tramitada ante el C. Juez Segundo Penaldesde mi punto de vista muy particular, su asunto estuvo mal representado desde el principio, por que se confiaron, y no contaban con la rapidez para consignar el expediente tenia el órgano de investigación

    Vera usted si usted ofrece pruebas de descargo, que como sabemos hay muchas, y estaspruebas de descargo  se encaminan a destruir de modo directo y concreto el valor de las de cargo en cuanto a su existencia misma, recepción, verosimilitud o credibilidad de su contenido, y el ministerio publico, intentara por así tener cubiertos los requisitos del articulo 16  Constitucional consignar de inmediato, el debió interponer el juicio de garantías, para los efectos que se desahogaran sus pruebas, y cuando llega la consignación al Juez, penal, el se percatara que no solamente no se desahogaron dichas pruebas si no que esta en proceso un juicio de amparo y por obvias razones, tiene que devolver el expediente a la procuraduría para los efectos que desahogue las pruebas de descargo  se encaminan a destruir de modo directo y concreto el valor de las de cargo en cuanto a su existencia misma, recepción, verosimilitud o credibilidad de su contenido, por que los Jueces son los primeros garantes de la legalidad

     

      Además que la estrategia de la negativa, me parece incorrecta yo me hubiera ido por el abandono de la victima, pues se venció su voluntad pues para que el delito de violación se integre, debe acreditarse que la víctima opuso resistencia, y que ésta sea real, seria, efectiva y constante, y que tal oposición fue superada por la fuerza física o el temor a un mal inminente

     En cuanto la responsabilidad de los tíos es solo moral pues esta chica salio a cubrir el evento a escondidas y al parecer la tía en 3 ocasiones le rogó que regresara a su domicilio incluso se ofreció ir por ella y/o pagar el taxi, sin conocer el paradero de la chica, por lo al parecer la chica dicen es una chica con problemas de actitud y que ya no se deja guiar, por lo que los padres la enviaron con sus tíos a Quintana Roo, por que el ambiente es mas sano

     atte.

    Lic  José Juan Aguilera

    Talento, pasión y trabajo

    Tel.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx



  • Autor
    Respuesta No: 206573

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Que buen tema, y maxime para los que somos garantistas, y agradeciendo el aporte de mi amigo el Lic. Aguilera, quiero redundar, sobre lo siguiente:

    En muchas ocasiones he hablado en los delitos de Violacion y Abuso sexual, lo peligroso que puede resultar el dicho de una mujer, cuando ima una delito de naturaleza sexual, la cual en muchos de los casos prospera, por la falta de preparacion Academica, de los abogados, intervinientes entre ellos el sumamente estupido PROCURADOR DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, asi como el cuerpo de Psicologos y en donde la escucha activa de la version de la mjuer se le da un valor fundamental, y maxime cuando alguien por ahi se volo la vacilada en una jurisprudencia, totalmente absoleta, que estos delitos son de oculta realizacion, y ahi los jueces sonsos y miopes, se han agarrado, para dictar autos de formal Prision..que grave resulta, cuando lo irreal se vuelve verdad, Y en este caso no me interesa que sea Calimba (el cual a decir verdad me cae mal por prepotente y mugroso el chavo, pero no puedo evitar ser amante de la legalidad) ya que bien pudo tratarse de un  hijo de vecino, y si este fuera el caso ya estaria el pueblo pidiendo la crucifixion, pero como es calimba no lo hace, por ello los medios son cautelosos, aunque coincido con el lic Aguilera, la verdad son muy malos los abogados que iniciaron la defensa de calimba, sumamente malos, pues como se ha dicho el cual declaro por escrito, desde ese momento en terminos del articulo 20 debio ofrecer medios de prueba...cuales ? bueno las testimoniales via exhorto de los demas participantes, de la otra chica, amen de que se le permitiera saber mediante, una pericial en materia de psicologia si la ofendida, tenia la sintomatologia asociada a un ataque sexual como el que ella narra, igual una adecuada ampliacion de Inspeccion ocular en caracter de reconstruccion de los hechos, pues hay circunstancias que no concuerdan como los narran,  amen de solicitar la pruebas digitales de videos de dvd, del aeropuerto, y hotel, asi como del centro de espectaculos, en donde trabajaron, y una prueba fundamental, que seria en materia de psicologia en donde se determinara que calimba tenia o no el perfil de de agresor sexual, amen de las diversas testimoniales, todo eso hubiera dado un giro fundamental, amen de que a la defensa hubiera tenido acceso a la prueba a la documental  de la pericial en ginecologia, con la finalidad de determinar si habia fluido, pues en efecto muchos dicen que estos no es fundamental, ya que solo basta la penetracion, pero bueno todas las pruebas engarzadas le hubieran dado la razon.... en lo personal creo que con una buena defensa, debe salir y obtener la libertad, y si esto pasa creo que el procurador estara acabando su carrera. pues aventarse a declarar como lo ha hecho, cuando se tienen muchos lementos de prueba los cuales no han sido bien utilizados por la defensa, y por ello creo que en su desesperacion casi de manera pactada se entrego, a esperar lo que venga, y la unica prueba fundamental es la imacion de la ofendida, mucho cuidado Procurador, se esta jugando su trabajo e incluso algo mas que saldra a la luz publica en breve, y si es asi, los medios se van encargar de despedazarlo,......

    LIC. ESTRADA

    estas pruebas engarzadas

     



  • Autor
    Respuesta No: 206592

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado forista

    desde mi punto de vista, la estrategia adoptada por los defensores de kalimba, es erronea



  • Autor
    Respuesta No: 206655

  • mexcarlos
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Estimados foristas:

    Les agradesco el tiempo que se han tomado para atendere esta consulta, mas creo mi deber tratar de precisar algunos aspectos de mi planteamiento inicial:

    Los padres de familia o tutores, tenemos como obligacion inalienable el procurar para nuestros un ambiente propicio para su desarrollo fisico y emocional y en la medidad de lo posible alejarlos de cualquier cituacion que puedad representar un peligro iminente de daño, asi mismo la responsabilidad  deviene por acciones u omisiones en el cumplimiento de nuestros deberes que como padres tenemos; poniendo un ejemplo: Si ami me gusta fumar, mas no tengo la debida precaucion de no dejar mis cigarros en cualquier parte, de no furmar delante de mis hijos, de no observar cualquier cituacion anormal que se diera respecto de olor a tabacon en mi hijo, etc. creo a mi ver que yo pudiera tener una responsabilidad ya que por mi omision de tener el cuidado debido mi hijo adquirio el vicio del cigarro.

    ahora al planteamiento inicial, si los papas de la menor o los tios de esta, no han tenido el debido cuidado de que la misma, este en su hogar temprano, si por su descuido o por no tener el gobierno debido con ella, restringirle los lugares a los acuda, las compañias con las que ande, etc. creo que se estariamos ante un caos analogo al ejemplo que doy.

    Lic: Carrillo

    "Mexcarlos2008">Mexcarlos2008



  • Autor
    Respuesta No: 206657

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Amigo consultante.

    Al margen de lo que usted comenta... se debe aclarar lo siguiente. La detencion se dio por un ERROR de los abogados de kalimba quienes lo citaron en texas para ver su caso. Si kalimba tenia orden de captura lo peor que puede uno hacer es intentar salir via aerea. pudo haberlo hecho por automovil y era mas sencillo o mejor aun que los abogados vinieren a mexico mientras el se oculta en lo q le tramitan el amparo.

    Pero no perdamos de vista que presuntamente se trata de una violacion. El sujeto debe estar detenido hasta en tanto se demuestre su culpabilidad (la inocencia se presume) . Imagine usted que kalimba no fuere famoso y su hija le senala que ese tipo la violo. Le brindiria el apoyo o le diria...a que bueno que te violaron porque estabas muy noche ne la calle?

    Bueno pues los padre o tios de la menor hacen lo propio. que sean las autoridades quienes lo juzguen. Por ello siempre me he manifestado en contra de los jurados populares en mexico...porque asi como usted que se dejan influenciar por la fama de los artistas...todos ellos saldrian libres sin siquiera tocar la carcel. Es mejor asi... aunque casi estoy seguro que no tendra sentencia condenatoria y saldra despues de llevar el proceso....le aseguro que jamas volvera este calenturiento a acostarse con cualquier chica a quien pueda apantallar.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 206694

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    MEXCARLOS2010_NR:

    Le hago patente que usted tiene todo el derecho del mundo para expresar su opinión y exponer una duda que para eso son estos foros, de tal manera que siendo usted un lego en la materia del derecho en modo alguno puede escribir tonterías como sí las escribe esa persona letyespino que dice ser abogada, pues usted podrá estar equivocado, pero defenderé hasta la muerte a decir su opinión.

    Por otro lado, apunto que difiero totalmente de lo expresado por los colegas tuamigoabogado y Lic. Estrada (saludos para ambos), cuenta habida que Kalimba rindió declaración ministerial en el Distrito federal por ejecución de un oficio derivado del convenioo de colaboración, de tal manera que la Procuraduría del D.F. estaba impedida para acorordar sobre el desahogo de pruebas que hubieran solicitado Kalimba y/o sus defensores y, en tal virtud, desconociendo además la totalidad del expediente, porque el oficio de colaboración solamente debió tener como anexo la declaración de la ofendida Dyana, entonces surge como imposible jurídicamente un ofrecimiento de pruebas al desocnocer los datos de testigos, periciales, etc...

    Concuerdo con el Lic. Estrada en lo tocante a que el Procurador quintanaorrense ha demostrado tener muy poca capacidad como abogado, trayendo a colación que ante los medios declaró que "...tiene suficientes pruebas presuncionales para lograr la condena de Kalimba...", lo que implica que carce de pruebas periciales sobre ADN de Kalimba que haya sido localizado en el interior o sobre el cuerpo de la supuesta ofendida, él cual debió haber sido encontrado pues la "víctima" resultó con el esfínter desgarrado, según se ha llegado a saber.

    Todavía más: es relevante que el asunto se ha filtrado completamente a los medios de comunicación, y que tanto el procurador de Quintana Roo como el juez local están actuando bajo una presión de la familia y de no pocas personas escandalosas, de donde resulta que la representación Social consignó el expediente para quitarse de encima un problema y así se lo arrojó al juez, quien a su vez, dictará auto de formal prisión para evitarse recriminaciones que, aunque sean inválidas, le pueden costar el cargo, ven si no a los jueces de Chihuahua que ahra están por enfrentar un juicio político..

    En las apuntadas condiciones, podemos concluir que quien violó a la dicisieteañera fue el propio procurador, pues reside en Chetumal y tuvo la oportunidad de cometer el injusto penal, pero también, y considerando que muchos servidores públicos de Quintana Roo se han visto involucrados en actos de protección de la delincuencia organizada, válidamente se pudiera concluir (con prueba presunsional) que el mismo procurador tiene  ligas con los dellncuentes, total, que si por presunsiones se va a consignar y a procesar penalmente a la gente, empecemos por el procurador quintanarroense.

    Punto por demás importante es que en el asunto en comento se perdió de todo punto el principio de inmediatez procesal, pues transcurrieron más de doce horas entre la supuesta violación y la denuncia, y durante ese lapso la menor tuvo contacto con más de tres personas, cualquiera de las cuales pudo haberla violado.

    Asunto por demás relevante es que la dizque víctima acompañó a su supuesto agresor desde el hotel hasta el aeropuerto, sin que mostrara síntoma alguno de dolor al estar sentada en el vehículo a pesar de tener desgarrado eel esfínter, y a esto se agrega que el aeropuerto de Chetumal es demasiado pequeño (para que se hagan una idea diré que el área de oficinas, revisión de equipaje etc... es de unos cuarenta metros de largo por veinte de ancho), y tanto en su exterior como en su interior se encuentran autoridades entre ellas de policía y de migración, a las que la menor pudo haber recurrido si en verdad había sido violada, sobre todo porque era su última oportunidad antes de que su supuesto violador huyera del lugar.

    Pero al final de cuentas, con mayor o menor trabajo y quizá hasta una sentencia de amparo, Kalimba obtendrá una absolutoria, pues en toodo caso las pruebas presunsionales pueden servir para una auto de vinculación a proceso penal, ya que en este se requiere una prueba de presunta responsabilidad, pero tales presunsionales son inválidas para fundar una condena, pues para esta se requiere que el Ministerio Público acredite la plena responsabilidad, y entre la presunta y la plena responsabilidad media un abismo del tamaño del Cañón del Colorado.



  • Autor
    Respuesta No: 206696

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ahora si se mando maestro... letyespino es una dama... pero usted se opeude decir caballero????....

    defiende a un baboso... como mexcarlos2008....que aparte se dice licenciado.... debe ser en ciencias ocultas... masonicas... o templarias....

    pero no defiende lo que la dama tiene o quiere decir...



  • Autor
    Respuesta No: 206751

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo:

    Para que la interfecta sea una dama debe comportarse como tal, y es claro que omite hacerlo porque se dedicó a injuriar a un consultante en vez de producir una respetuosa respuesta fundada en derecho.



  • Autor
    Respuesta No: 206752

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ADDENDUM:

    Desde luego que nunca defenderé a quien se dedica a ofender a un forista, menos aún a quuien lo haga escudándose en una condición femenina.



  • Autor
    Respuesta No: 206765

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Vaya pues si hay varios elementos que conducen a contradicciones, y esto es lo que ha generado polemica ademas de que la acusacion pesa sobre un personaje publico.

    Dicen que solo hay evidencia presuncional? pero los dictamenes medicos sobre el desgarramiento (en las dos vias) no constituyen una prueba directa? debe haber ADN de kalimba ademas de la imacion de la ofendida seria mas que suficiente para condenar al señor, ¿no es asi?. Y si el procurador declaro sobre la presuncionales, es porque no contaba con la pericial del ADN de Kalimba PARA COMPARACION con el material genetico encontrado en el cuerpo de la menor. A mi parecer fue cauteloso en no afirmar lo que en ese momento no podia.

    Definitivamente en algo se debe estar de acuerdo. 1. Los medios se han eregido como jueces en el caso cuando solo la autoridad es la  unica que puede juzgar y determinar la condena o la absolución. y 2. Que idiota fue Kalimba al llevarse a dos desconocidas a una fiesta privada, y ademas pretender tener sexo con ellas. Por esto esta en el problema donde está.

    Antecedentes "borrascosos" los tienen ambos, la menor y kalimba mas sin embargo los medios y la gente se han dedicado a desvirtuar la denuncia por estos antecedentes. Pero nada dicen de los escandalos pasados del cantante, como el hecho de que tuvo que ser demandado por el reconocimiento de paternidad para que reconociera a su hija. Ahi nadie dice nada.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 206842

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Isengard:

    Es pertinente señalar que las referidas pruebas presunsionales que he criticado son aquellas que apuntan a la existenciade la probable responsabilidad, sin importar las que se relacionan con la existencia del delito, pues como afirmé en aquellas memorables conclusiones que formulé en el expediente 1057/68 del Juzgado Décimo Panal del D.F. en que defendí estudiantes del Movimiento de 1968: "no niego la existencia de los delitos porque existen camiones quemados, etc..., pero niego que mis defensos hayan sido los autores de esos delitos", y de la misma manera es posible admitir la existencia de una violación de Diana (ó como se escriba), pero la pudo haber violado cualquiera de las cien mil personas (ó más) que en ese día estuvieron en Chetumal.

    Cuando Kalimba acudió a la Fiscalía de Delitos Sexuales de la PGJDF era elk momento oportuno para tomarle muestras de sangre u otros tejidos adecuados para la prueba pericial de ingeniería de genética molecular ¿¡¿porqué se omitió esta toma de muestras?!?, las únicas dos respuesta lógicas así como posibles son:

    1ª porque se carece de tejido que el violador haya dejado en el cuerpo de la supuesta violada,  

    2ª porque el procurador y el agente del Ministerio Público quintanarroenses carecen de la capacidad profesional requerida para ejercer las funciones de sus respectivos cargos.









  • Autor
    Respuesta No: 207025

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Rogeliotentle:

    Ahora si POR FIN, hasta que veo un asesoramiento jurídico correcto de su parte

    No se crea, estoy jugando, MUY BUEN CHISTE.

    SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 207075

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimados y dilectos abogados, Primus, Rosen y demas excelentes abogados, reciban un saludo.

    En lo que refiere al excelenten abogado Primus, yo creo que la opcion es la 2. Mas sin embargo en estos momentos ya en el reclusorio de chetumal deben estar haciendo las pruebas periciales pertinentes sobre el material genetico de kalimba a fin de comparacion con los rastros encontrados en el cuerpo de la victima.

    ¿Que opinan dilectos abogados? ¿le dictaran auto de formal prision a Kalimba?

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 207081

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Isengard:

    Agradezco cumplidamente sus saludos y, de mi parte, también le saludo y deseo pase muy buen dia.

    En lo que respecta a pruebas periciales en materia de ingeniería genética molecular, me temo que las mismas serán imposibles sobre muestras de tejido halladas en el cuerpo de la denunciante supuestamente ofendida, toda vez que ni se anunció que las hubiera, ni es de esperar que existan, pues es relevante que "La Cazadora" acudió a iniciar la averiguación previa, según se sabe, hasta después de más de 24 (veinticuatro) horas después de los hechos, y por si usted lo desconoce, el plazo para que el proceso digestivo culmine con la evacuación de los restos del intestino es de 20 (veinte) horas, de tal manera que sería imposible que en el esfínter y el recto de la ofendida encontraran muestras de tejido de quien la violó.

    Así las cosas, pueden realizar comparaciones genéticas de toda la población de la República Mexicana, que ninguna coincidiría con lo que nunca fuera encontrado dentro (o en el ano) de la "violada", pero...

    ...¿¡¿Y si la violación fue con un objeto a fin de que presentara desgarramiento anal para simular violación con un pene?!? ¿¡¿una violación falsificada ó autoviolación?!?

    Es pertinente recordar que en el Bunker del DF, cuando declaró Kalimba, se omitió la toma de muestras para periciales de genética, lo que nos lleva a concluir que nada se encontró en o dentro de la "violada" que sirva como muestra de ADN de su violador..



  • Autor
    Respuesta No: 207094

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    En el caso de Kalimba Kadjhali Marichal Ibar, no por que fuera un oficio de colaboracion para tomar su declaracion, era un impedimento legal para ofrecer las pruebas, el la rindio por escrito y en el mismo escrito se ofrecen las pruebas de descargo, si se practico en la pgjdf toma de muestra de adn por isopado bucal, ya no es por toma de muestra de sangre pues la ciencia foronse avanzado en la ultima decada, y a solicitud de su homologa, en virtud que en el mayon de la ofendida existen residuos de esparma

    El Juzgador solicito de oficio pruebas para su desahogo dentro del termino costitucional, por que quiere estar seguro de la existencia del injusto, pero como por regla general en estos casos para dejar a todos contentos lo sujetara a proceso, ademas la defensa se esta centrando al antro, al personal del hotel, a las amistades, a las acompañantes como si se tratara de estupro cuando se debe esclarecer la violacion con pruebas cientificas que destrullan de modo directo y concreto el valor de las pruebas de cargo



  • Autor
    Respuesta No: 207243

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    FLASH DE ULTIMA HORA:

    A las 08:40 del día de hoy, 27 de enero 2011, un noticiero televisado informó y pasó imágenes de los momento en que el juez penal leyó a Kalimba el auto de libertad por falta de elementos para procesar.







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