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ME ACABO DE ENTERAR QUE DE UNA RELACION DEL PASADO RESULTO QUE TENGO UNA HIJA
- Consulta : 260838
- Autor : p_at_0_NR
- Publicado : Jueves 26 de Marzo de 2015 15:49 desde la IP: 189.172.117.20
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 26 de Marzo de 2015
Estado de Referencia: Aguascalientes
buenas tardes acabo de enterarme que de una relacion q tuve con una mujer la cual estaba casada salio como fruto de ella un hijo.. al paso de diez años la mujer me busca para decirme la situacion, a lo que mi duda es que derechos puede reclamar esa mujer si me hago una prueba de adn y resulta positiva la niña esta con los apeidos del esposo de esa mujer ayuda ella me dice q si yo insisto en hacer la prueba de adn ella procedera legalmente pero yo nunca supe q ella quedo preñada :(
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 376854
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Marzo de 2015 16:43 2015-03-26 16:43 desde IP: 187.217.173.242
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Autor
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AutorRespuesta No: 376859
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Marzo de 2015 17:04 2015-03-26 17:04 desde IP: 187.176.101.171
Lo señalado por el forista Alberto081, es relativamente cierto, dado que su respuesta es parcil e incompleta.
En primer lugar, debo aclararle que si usted sostuvo una relación sexual con esa mujer casada y como consecuencia, ella quedó embarazada, el fruto de esa relación no es solamente de ella, sino también de usted, y por tanto, debe asumir cabalmente su responsabilidad y no eludirla culpando solamente a esa persona.
Por otra parte, si a travéds de la pericial en genética, se acredita que usted es el padre, la madre no adquiere ningún derecho respecto de usted.
Por el contrario, quien adquiere derechos es la menor, y usted asume obligaciones.
La infante tendrá derecho a que usted le proporcione alimentos, en la cuantía que determine un Juez, que podrá ser de entre un 15 y un 25%, alimentos que de conformidad con los últimos criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia, deberá pagar a partir del momento de nacimiento de su hija; es decir, de 10 añ{os a la fecha, y continuar cubriéndolos hasta que adquiera la mayoría de edad, y si cumple ésta pero continúa estudiando, hasta que concluya su preparaci´+on técnica y/o profesional; además, usted queda también obligado a convivir con la menor, y asumiendo su responsabilidad de padre, participar y contribuir en su sano desarrollo físico, moral, mental, emocional y psico-social, compartiendo con la madre de la niña la patria potestad; y si incumpkle usted cualquiera de dichas obligaciones, puede ser sujeto de una acción penal, ya que dicho incumplimiento constituye un delito que se sanciona con pena de prisión.
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Autor
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AutorRespuesta No: 376888
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Marzo de 2015 11:26 2015-03-27 11:26 desde IP: 189.172.117.20
muchas gracias.. aqui el problema no es q no quiera hacerme cargo de esa niña la cuestion es q el sr q la tiene registrada como hija no quiere q yo me acerque a ella tambien si le digo ala mama q quiero esa prueba de adn ella me dice q procedera legalmente,, con el paso de 10 años yo forme mi familia y tengo hijos con mi esposa ellos me apoyan pero tambien no quiero afectarlos ni afectar a la niña de 10 años q puedo hacer
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Autor
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AutorRespuesta No: 376893
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Marzo de 2015 13:29 2015-03-27 13:29 desde IP: 187.176.101.171
Tendría usted que demandar, tanto a la madre de la niña como a quien se ostentó como su padre biológico ante el Oficial del Registro Civil al momento de levantar el acta de nacimiento, por el reconocimiento de la paternidad, tal como lo señalé en mi respuesta anterior.
Si del resultado de la prueba pericial en genética se acredita que la menor es hija suya, la persona que la registró como hija sin ser el padre biológico, carecerá de todo derecho para impedir que usted pueda convivir con la niña y, además, usted puede proceder penalmente en su contra al haber incurrido en el delito contra el estado civil de las personas, en el entendido que también, usted adquirirá todas las obligaciones que ya le mencioné.
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