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PENSION POR ENFERMEDAD EMPLEADA BANCARIA
- Consulta : 202214
- Autor : ldelacruz
- Publicado : Lunes 01 de Julio de 2013 18:54 desde la IP: 174.36.207.10
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,137
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 01 de Julio de 2013
Buenas tardes.
Mi esposa pertenece a una Istitucion bancaria en Monterrey desde hace aproximadamente 18 años, y desde hace 3 años esta incapacitadad por una enfermedad que hasta el dia de hoy los medicos de la red de servicio medico de dicha istitucion no han podido dar un diagnostico definitivo, por lo que cada mes le estan extendiendo incapacidades, debido a esta situacion que no dan con la enfermedad de mi esposa, habria alguna posibilidad de proceder a la pension por enfermedad, ya que ya son tres años y no hay diagnostico.
O en que situaciones podria proceder una pension por enfermedad.
Por su atencion muchas gracias.
LAC
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 320059
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Julio de 2013 09:32 2013-07-02 09:32 desde IP: 187.172.218.11
Ya es necesario que la pensionen en el ramo de invalidez, la institución de credito donde labora tiene la subrogación de servicios para enfermedades y maternidad con el imss en reversio´n de cuotas , de cualquier forma el departamento de salud en el trabajo del imss tendra que dictaminar la incapacidad para ejercer la pensión por invalidez.
En la mayoria si no es que en todos los contratos colectivos que tiene firmado los trabajadores con los bancos, el tiempo de dos periodos de cincuenta y dos semanas de incapacidad y se prolonga otras 52 semanas y despues el tramite de pensión .si su esposa no es sindicalizada el contrato colectivo por lo regular esta extendido a empleados de confianza.vea el cct o individual.
saludos,
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