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DESPIDO INJUSTIFICADO
- Consulta : 265702
- Autor : fer-abogado82_NR
- Publicado : Jueves 14 de Mayo de 2015 13:38 desde la IP: 189.188.29.183
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 14 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Oaxaca
hola buen dia, tengo un asunto de despido ijustificado y me gustaria compartilo con colegas abogados, es una chica que trabajo durante un año en un establecimiento con el giro de venta de abarrotes, en el que se laboran dos turnos pordia, el primero de siete a tres de la tarde y el segund de tres a diez de la noche, percibia ul salario de 100 pesos por turno, notenia tiempo de descanso durante la jornada y por lo menos cuatro veces a la semana le pedian quedarse a trabajarel turno siguiente, es decir, tres dias trabajaba solo un turno (8 horas), y cuatro dias trabajaba dos turnos (15 hoas). no tenia dia de descanso, y ademas nunca le concedieron los dias feriados, la pregunta es ¿a cuanto asciende su indenminizacion considerando todos los conceptos que por ley le tocan? para el calculo de las horas extras y horas exedentes a las extraordinarias, encontre la siguiente tesis jurisprudnecial que voy a compartir para efecto de que vierta sus oponiones sobre su procedenecial en su aplicacion al casoconcreto.
TIEMPO EXTRAORDINARIO. MECANISMO DE CÁLCULO PARA SU PAGO CONFORME A LOS ARTÍCULOS 66 A 68 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Novena Época, Tomo XXXIV, p. 1221, Materia Laboral, Tesis I.3o.T. J/27, Jurisprudencia, Registro 161165, agosto de 2011.
El artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo establece que el tiempo extraordinario no podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces a la semana. Por otra parte, los numerales 67 y 68 de la citada ley señalan, en cuanto a su pago, que las horas extras que no rebasen ese límite se cubrirán con un 100% más del salario que corresponda a las horas de la jornada, mientras que las horas que excedan de nueve a la semana deberán pagarse con un 200% más del salario respectivo. Ahora bien, de dichos dispositivos se advierte un mecanismo para el cálculo de su pago basado no sólo en el máximo de nueve horas generadas en una semana, sino también por día, razón por la cual deberá atenderse a las horas realmente laboradas por cada día. En ese sentido, si un trabajador prestó sus servicios toda una semana generando dos horas extras diarias, es claro que las primeras seis horas extras originadas en los primeros tres días serán pagadas con un 100% más del salario, mientras que las restantes seis horas de los siguientes tres días con un 200% más. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
espero sus comentarios y sugernecias, gracias
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AutorConsulta
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