Hola a todos, ayudemen con la siguiente duda:
Procede recurso de apelacion contra el auto que en un juicio civil ordinario en jalisco, no admite incidente de objecion de documentos?, la duda es por lo que dice el articulo 80 en su primer parrafo, c.p.c,j,, pero pues la no admision de un incidente se equipara a no admiter una demanda.
La apelacion se debe interponer dentro de lso 10 dias siguientes a la notificacion del auto que niega el incidente, o hasta que se dicte la sentencia definitiva como el auto que rechaza el inciedente de nulidad de actuaciones?
En caso que no se deba interponer hasta la sentencia definitiva, va a ser una apelacion suspensiva verdad,?
espero puedan ayudarme. mi plazo esta corriendo, y tengo esas dudas.