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MANUTENCIóN DE LA ESPOSA
- Consulta : 170724
- Autor : manu_NR
- Publicado : Lunes 24 de Septiembre de 2012 16:54 desde la IP: 201.141.47.35
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 24 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
hola buenas tardes, tengo 6 mese de casada, mi esposo es una buena persona y estoy muy contenta..sólo que me da muy poco dinero para los gastos, soy profesionista pero por el momento no trabajo, existe alguna ley que ampare que el esposo debe mantener a su esposa? y que porcentaje aproximado de su sueldo le debe dar? soy una mujer muy trabajadora, creo que en casa no falta nada y procuro nunca hacer gastos infructuosos, pero sólo me da 500 a la semana! él cubre todos los gastos que generamos: luz,agua,renta, gasolinas, medicinas..pero no entiende que tengo gastos personales..quisiera mostrarle sin necesidad de llegar con abogados que es su obligación darme "el gasto" y el porcentaje que está obligado a cumplir, aun no tenemos hijos...
mil gracias por su atención...
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 286245
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Septiembre de 2012 17:06 2012-09-24 17:06 desde IP: 201.175.35.46
Señora con todo respeto, pero no es obligación de su conyuge hacerlo pues los gastos se hacen conforme a las posibilidades de cada uno, en su caso ni hijos tienen y por lo que comenta usted no está imposibilitada para trabajar, asi que si no le alcanza pues pongase a trabajar mejor si es que se quiere comprar unos trapos mas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 286251
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Septiembre de 2012 17:18 2012-09-24 17:18 desde IP: 187.160.183.56
No va a encontrar una formula mágica para sus propósitos, la administración de la economía doméstica debe llevarse de común acuerdo entre el matrimonio, es algo que tiene que platicar con su esposo y como dice el forista que me antecede, si usted tiene sus propias necesidades, lo más saludable es que se emplee para que genere sus propios ingresos y subsane sus “gastos personales”.
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AutorRespuesta No: 286281
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Septiembre de 2012 19:37 2012-09-24 19:37 desde IP: 187.205.112.30
BUENAS TARDES MANU:
Si es buen hombre y si estas contenta, porque quieres echar a perder eso, es mejor que hables bien con el y que tu tambien te pongas trabajar, tu misma dices que eres profesionista, no desperdicies tus conocimientos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 286284
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Septiembre de 2012 19:41 2012-09-24 19:41 desde IP: 201.175.35.46
Claro y conciso. Saludos a todos los foristas de México Legal.
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AutorRespuesta No: 286285
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Septiembre de 2012 19:45 2012-09-24 19:45 desde IP: 187.155.27.140
Y.... para fundar lo anterior, transcribo la parte conducente del Cödigo Civil de Aguascalientes:
.Artículo 160.- Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a su alimentación y a la de sus hijos, así como a la educación de éstos, sin perjuicios de distribuirse la carga en la forma y proporción que acuerden para este efecto, según sus posibilidades.
A lo anterior no está obligado el que se encuentre imposibilitado para trabajar y careciere de bienes propios, en cuyo caso el otro atenderá íntegramente a esos gastos.
Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre iguales para los cónyuges e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar...
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Autor
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AutorRespuesta No: 291698
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Noviembre de 2012 17:47 2012-11-12 17:47 desde IP: 148.223.205.152
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