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MANUTENCIóN DE LA ESPOSA

  • Consulta : 170724
  • Autor : manu_NR
  • Publicado : Lunes 24 de Septiembre de 2012 16:54 desde la IP: 201.141.47.35
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,135
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  • Autor
    Consulta

  • manu_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    hola buenas tardes, tengo 6 mese de casada, mi esposo es una buena persona y estoy muy contenta..sólo que me da muy poco dinero para los gastos, soy profesionista pero por el momento no trabajo, existe alguna ley que ampare que el esposo debe mantener a su esposa? y que porcentaje aproximado de su sueldo le debe dar? soy una mujer muy trabajadora, creo que en casa no falta nada y procuro nunca hacer gastos infructuosos, pero sólo me da 500 a la semana! él cubre todos los gastos que generamos: luz,agua,renta, gasolinas, medicinas..pero no entiende que tengo gastos personales..quisiera mostrarle sin necesidad de llegar con abogados que es su obligación darme "el gasto" y el porcentaje que está obligado a cumplir, aun no tenemos hijos...

     

    mil gracias por su atención...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286245

  • elihuttz87
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Señora con todo respeto, pero no es obligación de su conyuge hacerlo pues los gastos se hacen conforme a las posibilidades de cada uno, en su caso ni hijos tienen y por lo que comenta usted no está imposibilitada para trabajar, asi que si no le alcanza pues pongase a trabajar mejor si es que se quiere comprar unos trapos mas.



  • Autor
    Respuesta No: 286251

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    No va a encontrar una formula mágica para sus propósitos, la administración de la economía doméstica debe llevarse de común acuerdo entre el matrimonio, es algo que tiene que platicar con su esposo y como dice el forista que me antecede, si usted tiene sus propias necesidades, lo más saludable es que se emplee para que genere sus propios ingresos y subsane sus “gastos personales”.



  • Autor
    Respuesta No: 286281

  • LICNORMAVALLEJO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BUENAS TARDES MANU:

    Si es buen hombre y si estas contenta, porque quieres echar a perder eso, es mejor que hables bien con el y que tu tambien te pongas trabajar, tu misma dices que eres profesionista, no desperdicies tus conocimientos. 





  • Autor
    Respuesta No: 286285

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Y.... para fundar lo anterior, transcribo la parte conducente del Cödigo Civil de Aguascalientes:

     

    .Artículo 160.- Los cónyuges contribuirán económicamente al sostenimiento del hogar, a su alimentación y a la de sus hijos, así como a la educación de éstos, sin perjuicios de distribuirse la carga en la forma y proporción que acuerden para este efecto, según sus posibilidades.

    A lo anterior no está obligado el que se encuentre imposibilitado para trabajar y careciere de bienes propios, en cuyo caso el otro atenderá íntegramente a esos gastos.

    Los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio serán siempre iguales para los cónyuges e independientes de su aportación económica al sostenimiento del hogar...



  • Autor
    Respuesta No: 291698

  • lesma
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    lo ideal en este caso es que los dos trabajen, como bien lo manifiesta la ley.



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