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SUCESION TESTAMENTARIA
- Consulta : 206564
- Autor : lahojarasca18_NR
- Publicado : Viernes 23 de Agosto de 2013 18:17 desde la IP: 201.151.150.70
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Agosto de 2013
Estado de Referencia: Jalisco
Hola Colegas.
Soy una Abogado Recien Egresado espero me pueda Ayudar alguien Con Experiencia en Materia Civil
, me llega un cliente y medice que quiere que le lleve un asunto familiar, que ya estaba iniciado, ok revoco al otro abogado y voa a checar el expediente, para esto solo hay un bien, una casa y en el testamento es unica y universal Heredera que es la esposa del Autor de la susecion.
se Inicio un Juicio Sucesorio Testamentario, se radico en el Juzgado, se giraron oficios, contestaron las dependencias que no existe disposicion Testamentaria contraria, transcurre el proceso, se llego a la Declaracion de Heredera, lse promuevio de manera correcta y al Hacer el Acuerdo declara la validez del testamento, y cita la clausula primera y la tercera, la primera dice que se le reconoce el caracter de unica y universal heredera a la instituida y cita un nombre igual pero un apellido diferente, igual en la tercera le dicierne el cargo de Albacea, se siguio promoviendo y se llego hasta las operaciones de inventario y avaluo, se aprobaron, pero a la hora de que se pide la adjudicacion del bien, ps obvio le contestaron que no ha lugar, por que la que promueve que es la denunciante, en el auto de que les hablo declararon la validez con un nombre igual pero apellido diferente, osea el otro abogado no revoco en el termino ni se dio cuenta de que estaba mal el nombre , para esto ya paso un año de ese acuerdo, entonces ps no se puede adjudicar, el termino para revocar es de tres dias en jalisco, ya paso un año, yo tomo el asunto , promuevo un amparo, lo desechan por que esta consentido el acto por que se siguio promoviendo, hablo con el juez me manda por un tubo, promuevo con fundamento en al art 82 del enjuciamiento civil de jalisco, que se hagan las diligencias del mejor proveer y obvio ps nada, me recomiendan que deje copias certificadas, recupere mis originales , deje que se valla al archivo el juicio, y habra otro esperando no caiga en en el mismo, por que tambien tengo entendido no se puede desistir de la instancia.
ustedes que me recomiendan .. gracias..
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 324278
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Agosto de 2013 00:31 2013-08-24 00:31 desde IP: 201.141.107.241
Las sucesiones no caducan, por lo que en caso de que el juzgado envíe al archivo el expediente por inactividad, no hay posibilidad de iniciar otra denuncia porque estaría cometiendo fraude procesal. Siempre se debe pedir la devolución del expediente del archivo judicial. Le convendría más acudir al notario para que certifique que fulanita de tal con apellido diferente, es también conocida como fulanita de tal con el apellido que aparece en el testamento y exhibirlo ante el Juez de lo familiar que conoce del procedimiento. También podría denunciar la sucesión ante notario, aunque ya no cobraría honorarios.
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AutorRespuesta No: 324315
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Agosto de 2013 06:37 2013-08-25 06:37 desde IP: 189.234.237.236
Iniciar el en juzgado... Con copia de todo lo actuado en el sucesorio... Una información testimonial... Señalando que. Saben que Juana ... También es Chana... Con ese documento... Iniciar incidente de reposición del procedimiento por error de señalamiento que impide el acto adjudicatario... Claro que te lo pueden negar... Pero ya estarias en posibilidad de apelar... Y de ampararán en tiempo... Ya que es un simple cambio de nombre... Nada hay de extraño...
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