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PODER NOTARIAL
- Consulta : 108515
- Autor : antoniavalderrama_NR
- Publicado : Jueves 07 de Abril de 2011 22:21 desde la IP: 189.144.13.178
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,134
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 07 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 218531
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 22:38 2011-04-07 22:38 desde IP: 189.137.185.176
No, ya que mandato es de carácter intuitu personae, por lo que se extingue con la muerte del mandante o del mandatario.
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Autor
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AutorRespuesta No: 218533
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 22:55 2011-04-07 22:55 desde IP: 189.174.187.103
Absolutamente de acuerdo con F430LEGAL, pero habrá que distinguir entre lo que es "poder" y "deber", porque es posible que si pueda hacer uso del poder notarial, para realizar actos a su nombre, si los demás ignoran el fallecimiento del mandatario, pero no debe hacerlo, porque todos los actos que realice así serán nulos. El problema es que si son irreparables, pues ya no habrá marcha atrás.
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Autor
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AutorRespuesta No: 218536
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Fecha de respuesta: Jueves 07 de Abril de 2011 23:36 2011-04-07 23:36 desde IP: 189.133.175.102
no se puede utilizar, tal y como lo han establecido los foristas anteriores;
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