Buenas tardes.
Estoy a punto de celebrar un contrato por seis meses para el uso de un cuarto y veo que en el mismo se me denomina como "HUESPED" y al dueño como "HOSTELERO" ¿Es conveniente pedir que se cambien a "ARRENDATARIO"/"ARRENDADOR" estos términos para que tenga ciertos derechos en caso de que se me pida salir del cuarto?
También di el depósito de renta para apartar el cuarto y veo en el contrato (que aún no ha sido firmado) la siguiente claúsula:
"Si el contrato no llegara a concretarse por causa imable al huésped, este será penalizado por el hostelero con el mes del depósito entregado en la firma del presente instrumento"
Esto en caso de que no se firme el contrato por que no se modifiquen algunas claúsulas del mismo tengo un recibo (Sin nombre, con firma) por parte de la madre del dueño de la casa por el monto del depósito ¿Este recibo es válido? ¿Se me debe de entregar íntegra la cantidad del depósito?
Gracias.