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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 236770
  • Autor : ing_lhernandez
  • Publicado : Martes 22 de Julio de 2014 19:45 desde la IP: 189.188.120.74
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,130
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  • Autor
    Consulta

  • ing_lhernandez
    USUARIO REGISTRADO

    Hola amigos Licenciados y Abogados de Mexico Legal, mi consulta es porque quiero separarme de mi pareja, tenemos 4 años viviendo, no estamos casados, durante todo lo que duro la relacion siempre existieron problemas discusiones y asi, ahora tenemos una hija en común de un mes de edad; nunca me he negado a apoyar a mi hija con pension alimenticia, y contribuir con los gastos que tengan que ver con mi hija. hace unos dias quise asegurar a mi hija en el IMSS como habia acordado con su mamá, pero ya a la mera hora la mamá no me lo permitio porque exigia que a ella tambien tenia que asegurarla. Algo similar sucedio el dia que se fue a registrar a la pequeña ante el registro civil. de momento me dijo y regreso mi acta de nacimiento para solo ella registrar a la pequeña, momentos despues de que presento los documentos para hacer el tramite tomo mi acta de nacimiento la cual ese dia no se pudo hacer porque necesitaba actualizar mi acta, y al dia siguiente accedio a realizar el tramite y me permitio darle el apellido a mi hija.

           No tenemos una casa provia, rento un cuarto a un par de casa de sus padres desde el inicio de la relacion practicamente solo dormiamos en el cuarto y la mayor del tiempo la pasaba en casa de sus padres y yo en el trabajo. Siempre que intentamos llegar a un acuerdo pasifico entre nosotros terminabamos alterados y discutiendo, no se que tanto de los gastos que ella me enlisto debo cubrir, ya que cuando el parto se aliviaria a traves del seguro popular, y como se adelanto el parto por cesarea y tuve que solicitar prestamos para cubrir los gastos en la clinica particular (prestamo que pago cada mes). Ella entre lo que me solicito que me encargara de cubrir fue pagos de prestamos que ella utilizo en uso personal, son pagos mensuales y semanales. entre otra de las demandas era la renta de un cuarto donde vivir, surtirle la despensa para ella, aparte de que yo lesurto en especie leche, pañales, y articulos varios que utiliza para la higiene y cuidado de la bebe. No se si me corresponta cubrir en su totalidad esas cosas que ella de manda.

      Me gustaria saber por ley en el estado de oaxaca cuanto es lo maximo y minimo que un juez justo puede otorgar de porcentaje sobre mi salario para la pension alimenticia. Pues yo nunca me he negado para dar dicha pension.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 360767

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no tienes obligacion de dar de alta a la señora solo a tu hija acuda al registro civil donde registraron a la menor saca copia de su acta de nacimiento y dale de alta en el imsss y por otro lado comienza a depositar de un 10% a un 20% e tu salario



  • Autor
    Respuesta No: 360776

  • Lic Juan Ramon
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Muy buenas noches.

    Un Juez de lo Familiar al momento de fijar una pension alimenticia tanto provicional como definitiva, procedera al calculo en base al siguiente razonamiento;

    Primeramente la Posibilidad del Deudor alimentario (Usted) de otorgar una pension alimenticia y en segundo termino la necesidad de recibirlos del acreedor alimentario (su pequeña hija). 

    Usted sabe las necesidades de su hija, basicas si quiere verlas desde el punto de vista minimo; no busque que un abogado le de una cifra exacta, ya que su exconcubina al momento que acuda a un Juez a solicitar una cantidad fija (que podria osilar de uno o hasta tres  salario minimo diarios, o en su defecto un porcentaje de sus percepciones mensuales que la progenitora del menor acredite a la autoridad.) y se le conceda tendra una certeza de la misma; mi humilde punto de vista es que aporte en base a las necesidades de su hija que usted concidere y si se niega a recibirlas depositelas a un juzgado para que cumpla con su obligacion alimentaria y no incurra en una sancion de indole penal.

     

    Esperando sea de Utilidad.

    ABOGADO JUAN RAMON VALADEZ HERNANDEZ

    GUADALAJARA, JALISCO

    DIRECTOR GENERAL LEX ABOGADOS

    lex_abogados_corporativo

     

     

     



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