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PUEDO INTERPONER AMPARO SIN ESTAR TITULADA
- Consulta : 170210
- Autor : Lizette
- Publicado : Miércoles 19 de Septiembre de 2012 22:02 desde la IP: 201.102.133.84
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Septiembre de 2012
hola buenas noches :) puedo interponer amparo indirecto contra auto de formal prision, si aun no tengo cedula, en el df, pero ademasde la interposicion puedo continuar sabiendo del juicio, es decir puedo seguir promoviendo recursos en su caso ???????? y como lo tengo q hacer (calidad) y con que documento lo puedo hacer (con mi IFE???))
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 285669
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Septiembre de 2012 22:21 2012-09-19 22:21 desde IP: 187.241.177.39
En materia penal no se requier cedula para representar a una persona ya que la propia constitucion asi lo prevee por lo que las leyes secundarias no tienen por que exisgirlo, mas en algunos lugares los jueces aun asi lo solicitan, no se si en el D.F. sea el caso.
Si fuere asi el articulo 12 de la ley de amparo prevee el sistema de apoderamiento para representacion en el juicio de amparo, solo lo tiene que ratificar el propio quejoso, mismo que lo puede hacer desde el reclusorio si esta detenido y retenido, o acudir al tribunal en caso de estar en libertad.
En uno u otro caso la demanda se tiene que interponer por el propio quejoso, ya que si lo haces tu en su nombre lo van a requerir para que en el termino de tres dias lo ratifique so pena de tener por no interpuesta la demanda misma.
espero sirva de ayuda
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Autor
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AutorRespuesta No: 285736
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2012 13:04 2012-09-20 13:04 desde IP: 201.102.133.84
si muchas gracias si era como creia; otra pregunta me dijeron q tengo q agotar al principio de definitividad, pero no veo veo q recurso ordinario poder interponer antes del amparo????? es contra auto de formal prision, y no se presento la ampliacion del termino constitucional y no se presentaron pruebas :) no se si eso afecte al principio de definitividad o tengo q hacer algo antes del amparo
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Autor
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AutorRespuesta No: 285809
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2012 20:47 2012-09-20 20:47 desde IP: 201.153.238.77
Distinguida Consultante
Esta usted exhibiendo un profunto desconocimiento del juicio de amparo, y lamentablemente es en materia penal, donde esta en riesgo la libertad de un inividuo, no se trata de echar a perder la vida de otro aprende, busque la asesoría de un abogado conocedor y no defraude la confianza depositada en usted
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Tu amigo abogado ®
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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AutorRespuesta No: 285812
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Septiembre de 2012 20:53 2012-09-20 20:53 desde IP: 187.194.26.8
puedes autorizarte para oir y recibir notificaciones... pero sin cedula...nada... art. 27
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Autor
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AutorRespuesta No: 285963
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Septiembre de 2012 18:27 2012-09-21 18:27 desde IP: 187.194.26.8
mlmlmlmlml....
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