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DETENCION MP
- Consulta : 161506
- Autor : lidia_68_NR
- Publicado : Lunes 23 de Julio de 2012 09:54 desde la IP: 189.230.17.108
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,130
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenos días a toda la audiencia.
Tengo una duda y espero que alguien de la audiencia me pueda ayudar a resolver, que mucho se los agradecere, no soy abogada pero estoy tratando de entender algo que nos paso.
Cuando un MP solicita a un juez una orden de detención porque según el yo soy presunto culpable de un delito el cual se venia investigando desde hace mas de un año, hasta aqui entiendo que si la solicita es porque ya tiene pruebas en mi contra me tenia que hacer presente ante el juez competente¡¡¡ Pero en lugar de eso me llevan a la SIEDO y despues me arraigan¡¡¡ Esto es correcto si segun ellos ya tenian las pruebas.
En espera que me puedan ayudar con esta duda.
Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 276545
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Julio de 2012 10:06 2012-07-23 10:06 desde IP: 187.144.239.57
Cuando el Ministerio Público solicita el arraigo de una persona, esto quiere decir que aún se encuentra investigando la posible comisión de algún delito. Y por ello no es requiisito que esté acreditado aún el cuerpo del delito o la probable responsabilidad. Sin embargo tiene un tiempo límite, que lo es de 40 días que se pueden prorrogar hasta por ochenta. Ello únicamente procede en casos de delincuencia organizada, y por ello se te puso a disposición de la SIEDO. En caso de que transcurran los ochenta días sin que el MP consigne la averiguación y solicite orden de aprehensión se te deberá poner en libertad. Lo anterior es conforme a la legislación, sin embargo el arraigo es inconstitucional, por lo que se puede promover un amparo indirecto, pues contraviene los tratados internaconales en derechos humanos.
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