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ES SECUESTRO O PRIVACIóN ILEGAL DE LA LIBERTAD?
- Consulta : 205794
- Autor : almita99_NR
- Publicado : Jueves 15 de Agosto de 2013 01:45 desde la IP: 187.237.14.210
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Agosto de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Hola, mi hermano de 17 años cometieron un "secuestro" pero no pidieron nada a cambio sólo se llevaron a la persona y fueron detenidos en menos de 72 hrs quisiera saber el proceso más rápido que puedo elegir y a su vez la pena que se le puede llegar a otorgar y también si es la misma pena en un secuestro que en privación ilegal de la libertad? Ojalá puedan ayudarme ya que si estoy muy confundida con tantas cosas que me dicen. Gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 323715
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Agosto de 2013 04:43 2013-08-15 04:43 desde IP: 189.168.6.142
En ambos casos secuestro o privación ilegal de la libertad depende la autoridad que lo detuvo y el estado donde se dio el delito, y las caracteristicas muy particulare, tu no puedes elegir cual de los dos delitos se sigan, y si estan vinculados con delincuencia organizada o hay otros delitos.
Estamos a tus ordenes en este portal o bien en el correo "sisoco">sisoco y celular 4433621228, tu servidor es exagente del ministerio publico de la federación en algo te puedo ayudar con la defensa y conocimientos. a tus ordenes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 323784
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Agosto de 2013 20:13 2013-08-15 20:13 desde IP: 189.228.40.219
Hola: En tu consulta mencionaste, que tu hermano tiene 17 A;os y los hechos acontecen en el Estado de Mexico, segun tu propia referencia, por ello te comento, si en efecto esta edad tenia al momento de la comision del hecho delictivo, le debe ser aplicable el PROCEDIMIENTO PARA INIMABLES, que se contiene en el articulo 394 del Codigo de Procedimientos Penales para el Estado de de Mexico, ya que justamente para los menores infractores existe un procedimiento Especial, ahora bien si bien es cierto que es un procedimiento especial, no menos cierto de igual modo deben configurarse los elementos del ilicito penal, como son la CONDUCTA,LA TIPICIDAD, ANTIJURIDICIDAD Y LA CULPABILIDAD, y jamas perder de vista que es muy probable que esten ante un procedimiento ante UN CONSEJO DE MENORES Y DE PRECEPTORIAS JUVENILES, en donde estos organos con plena autonomia resuelven la situacion juridica de los menores que cometan faltas e infracciones, y por el otro lado el menor en terminos del articulo 37 de la LEY DE PREVENCION SOCIAL Y TRATAMIENTO DE MENORES, podra designar un Licenciado en derecho que lo represente, y la instruccion no debera de tardar mas de 10 dias habiles, y en 3 dias posteriores debera decretarse el cierre de instruccion, emitiendose una resolucion definitiva la cual es apelable y es sujeta de contar con recurso de revision.
Y por aqui tendrias un argumento, un tip del que pocas veces salen bien librados los consejos de menores , y es que dada la minoria de edad, la culpabilidad uno de los elementos del tipo, es dificil acreditar ya que la edad y la madurez biologica, del sujeto, asi como su salud psiquicio mental que tiene el sujeto del delito, donde no tiene un completo discernimiento de su conducta, ello lo coloca, como un candidato, a que no llene la totalidad de uno de los elementos como resulta ser la culpabilidad....ojo...
Por otro lado tu pregunta es secuestro o privacion ilegal de la libertad, el Codigo penal del Estado de Mexico, hace una exacta diferenciacion entre uno y otro ya que el secuestro, tiene como fin obtener un rescate o causar da;os y la penalidad va de 30 a 50 a;os. Mientra que el delito de PRIVACION DE LA LIBERTAD, su pena puede ir de 1 a 4 a;os, por ello alguien de modo inteligente esta tratando de ubicar este delito, y no asi el de secuestro, y maxime si hay habilidad es probable que ante el Consejo de Menores pueda tener una pena baja...esta bien la tecnica de alegar PRIVACION DE LA LIBERTAD.
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775.. tambien en WhatSapp.
Nextel: 52 * 14 * 25471
Por ello tu familiar por ser menor de edad , debe estar siendo realizada su Instruccion en ZINANCATEPEC ESTADO DE MEXICO, ello es asi debido a que al momento no era sujeto de imabilidad penal, y por ello requiere un procedimiento especial
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AutorRespuesta No: 323789
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Agosto de 2013 22:41 2013-08-15 22:41 desde IP: 189.234.237.236
Sea ínimp u t a b l e. O no... Lo que se ventila es el alto grado de peligrosidad...
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