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PRESCRIPCIóN
- Consulta : 185568
- Autor : oficios_hernan_NR
- Publicado : Martes 05 de Febrero de 2013 16:41 desde la IP: 187.157.147.50
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 05 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Oaxaca
Hola buen día, escribo esta consulta a fin de poder entender el término de prescripción dentro de juicio ejecutivo mercanti. Es decir una vez iniciado el juicio en que tiempo se puede solicitar la prescripción toda vez que este juicio no ha sido terminado. por no tener movimiento procesal?.
El jucio empezó el día 20 de febrero del 2012 y desde esa fecha no hay actividad procesal, de seguir así debo esperar dos años mas para solicitar la prescripción del pagaré o se puede solicitar otra cosa.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 301288
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Febrero de 2013 17:26 2013-02-05 17:26 desde IP: 187.202.43.35
Asi es, la prescripción es una figura que se suspende por la presentacion de la demanda, entonces se debe hacer valer otra estrategia juridica pero es necesario conocer el estado que actualmente guarda el juicio mercantil que me comenta, para de ahi partir y hacer valer lo procedente, es decir, saber cual fue la ultima actuación que se realizo en dicho juicio, cualquier duda, quedo a sus ordenes
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Autor
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AutorRespuesta No: 301297
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Febrero de 2013 17:51 2013-02-05 17:51 desde IP: 187.192.110.220
Ya opero la caducidad de la Instancia, solicita que sea declarada art. 1076 apartado "a" Codigo de comercio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 301301
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Fecha de respuesta: Martes 05 de Febrero de 2013 17:57 2013-02-05 17:57 desde IP: 189.234.191.38
los juicios no prescriben... caducan... precluyen... nunca prescriben.... la prescripcion es sobre derechos... no sobre actos procesales...
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