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COMO SOLICITAR UN DESALOJO

  • Consulta : 176864
  • Autor : jonathansm_NR
  • Publicado : Jueves 15 de Noviembre de 2012 15:12 desde la IP: 201.141.24.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • jonathansm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes, tengo un inquilino que su contrato vencio en octubre, le di la carta de desalojo a principios de ese mes solicitando desocurala el departamento, el la firmo, el ya se fue pero su esposa no se quiere salir, se encuentran separados y ella alega que el debe de seguirle pagado la renta, ¿que puedo hacer en este caso si ya no quiero seguir rentandoselos a ellos por que además el departamento presenta mal trato? solo fue un contrato inicial de 6 meses.

     

    gracias por su orientación

     

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  • Autor
    Respuesta No: 292114

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola

    Si en el contrato la señora aparece como arrendataria, entonces debe iniciar una demanda civil, la acción seria la de terminación de contrato de arrendamiento.

    Si la señora no aparece como arrendataria, entonces la acción seria la reivindicatoria.

    No puede iniciar una acción de terminación de contrato de arrendamiento contra la señora, por que ella carecería de legitimación pasiva, por lo tanto lo correcto seria una acción reivindicatoria en la vía ordinaria civil.

    Salvo mejor opinión

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 292116

  • Gabriel Bahena
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es muy comun ese tipo de casos en materia de arrendamiento.

    Lo que tienes que hacer es contratar los servicios de un profesionista en la materia, toda vez que el contrato de arrendamiento ya es de fecha vencida y los inquilinos todabia se encuentran habitando el departamento o casa rentada, tienes que presentar ante un juez la terminacion del contrato de arrendamiento y por ende la desocupacion del mismo, pero como te comento tienes que ser por medio de un abogado.

     

    Nota: desgraciadamente no los puedes desalojar tu mismo porque incurres en un delito, aunque tu seas o no el dueño de la propiedad arrendada y esto ocasiona que tendras que aguantar a tus inquilinos hasta que el juez conceda el desalojo.



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