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RETIRO TOTAL DE LA SUBCUENTA DE VIVIENDA

  • Consulta : 139232
  • Autor : seguramr_NR
  • Publicado : Lunes 20 de Febrero de 2012 12:43 desde la IP: 201.103.119.25
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • seguramr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes, declarado inconstitucional el artículo 40, y 8 transitorio de la Ley del INFONAVIT, y tomando en cuenta que no se ha ejercido ningún crédito para la adquisición de vivienda y no se ejercerá en el futuro, por contar con una vivienda,  también aclarando que no habrá mas relación laboral alguna.

    Preguntas:

     ¿Nos es posible recuperar ese dinero que nos pertenece?  ,   se supone este dinero de la subcuenta del INFONAVIT fue retenido para      adquisición de vivienda y nunca para pensión. 

    ¿Puéde llevarse en un Juicio de Amparo la devolución de las aportaciones?.

     

    Gracias al foro por sus respuestas y ayuda,

    Saludos. 

     

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