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PENSION IMSS OMISIóN DE COBROS

  • Consulta : 173791
  • Autor : tanus8582007_NR
  • Publicado : Domingo 21 de Octubre de 2012 04:14 desde la IP: 189.228.12.46
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
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  • Autor
    Consulta

  • tanus8582007_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Un ex trabajador sufre en 1980 un  enfermedad de trabajo es pensionada por el imss, en el 2006 dejar de cobrar su pensión por radicará en el extranjero; el artículo 107 de la ley del instituto dice textualmente "Cuando cualquier pensionado traslade su domicilio al extranjero, podrá continuar recibiendo su pensión mientras dure su ausencia, conforme a lo dispuesto por convenio internacional, o que los gastos administrativos de traslado de los fondos corran por cuenta del pensionado.Esta disposición será aplicable a los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez ". Las preguntas son se pueden cobrar los seis últimos años y si es necesario abrir un procedimiento administrativo o es una demanda.

    Muchas gracias por tomarte tiempo para ayudarme.

     

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