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PENSION POR PARTE DE LOS ABUELOS
- Consulta : 238559
- Autor : dk_links_NR
- Publicado : Lunes 11 de Agosto de 2014 14:32 desde la IP: 187.189.172.80
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 11 de Agosto de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola buenas. mi duda descansa en lo siguiente: los padre de mi ex esposa me estan pidiendo un regimen de visitas y convivencia. ya que mi esposa fallecio mi duda es aque si existe la posibilidad de yo poder pedirles pension alimenticia a mis suegros debido a que la conivencia es nu derecho y por lo tanto debe nacer una obligacion. mi duda es puedo pedirla y en que fundamento.
saludos ¡¡¡
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 362766
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Agosto de 2014 15:40 2014-08-11 15:40 desde IP: 189.163.132.189
La obligación de ministrar alimentos es del PADRE y excepcionalmente de la madre cuando esta trabaja.
Si Usted estuviere incapacitado (Cuadraplejico por ejemplo) y no tiene para darle alimentos al menor entonces SI PUEDE demandarle alimentos a los tios a los abuelos inclusive.
Pero si usted labora y solo desea pedir alimentos para inhibir la convivencia con ellos ... temo decirle que NO HABRA NINGUN JUEZ que conceda la pension aunque pues puede intentarlo si gusta
Saludos
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