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AMPARO INDIRECTO

  • Consulta : 267743
  • Autor : paolacristina26_NR
  • Publicado : Jueves 04 de Junio de 2015 12:45 desde la IP: 189.131.15.105
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • paolacristina26_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    Hola, tengo un familiar detenido y el abogado tramita un amparo a lo cual indica que hay que esperar más cuando reviso expediente dice esto: 

    sin la comparecencia de las partes. Abierta la audiencia de ley, la Secretaria hace relación de todas y cada una de las constancias que obran en este expediente; asimismo, certifica que no existe promoción pendiente por acordar. El Juez acuerda: Téngase por hecha la relación secretarial que antecede y por asentada la certificación de mérito; para los efectos legales a que haya lugar. Abierto el período de pruebas, la Secretaria certifica que las partes no las ofrecieron. El Juez acuerda: Téngase por hecha la certificación que antecede. Cerrado el período de pruebas y abierto el de alegatos, la Secretaria certifica que las partes no los formularon. El Juez acuerda: Téngase por hecha la certificación que antecedente, para los efectos legales conducentes. Cerrado el período de alegatos. Acto continuo, el Juez declara concluida la audiencia y procede a dictar la
    siguiente resolución.
     

    tengo dudas por que ya tiene tiempo que se tramito y no hay respuesta.

    GRACIAS POR SU APOYO

    EL EXPEDIENTE ES 565/2015 JUZGADO 9o FEDERAL

     

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