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AGOBIADO POR UNA DEUDA

  • Consulta : 120286
  • Autor : arturoportillo_NR
  • Publicado : Miércoles 20 de Julio de 2011 14:29 desde la IP: 187.139.97.16
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,132
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  • Autor
    Consulta

  • arturoportillo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nayarit

    Buen dia..

    hace tiempo por una emergencia familiar medica, tuvimos que pedir prestado dinero para realizar una intervencion quirurgica. Las personas que nos facilitaron el dinero, nos hicieron firmar pagares al 10% de interes. Las cosas como  podra suponerse, no fueron como debiera y nos empezamos a atrasar. Actualmente, la deuda es muy grande y solo con la venta de una propiedad podemos salir del apuro.

    Hace apenas un par de meses pudimos arreglar las escrituras de las propiedades para no tener problemas en la venta, ya que por errores en catastro no estaban bien definidas las propiedades en cuestion.

    El problema aqui es el tiempo y el agobio que sentimos por los vencimientos de los pagares, hemos intentado conseguir dinero para no seguirnos atrasando, pero es un cuento de nunca acabar,

    Ya ofrecimos en dacion del pago la propiedad, pero estas personas no la aceptan, que alternativas legales tenemos para resolver este problema?, a que podemos enfrentarnos en caso de que estas personas promuevan un juicio de embargo?, en caso de este ultimo? podemos indicar nosotros los bienes embargables y asi ofrecer las propiedades en cuestion?

     

    Gracias de antemano por su asesoria.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 231848

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En caso de ser requeridos judicialmente por el pago y que tengan una orden de embargo, el deudor tiene derecho de señalar bienes que garanticen el pago de la deuda (que sería hasta por 3 veces su monto), si el deudor no señala bienes, entonces pasa el derecho al acreedor.

    Si no se cumple con el pago, se sacaran a remate las propiedades y con su producto se pagará al acreedor. En caso de existir algún remanente, se le dará al deudor, pero si el pago no se cubre con el remate de la propiedad y existen más bienes del deudor, se puede solicitar una ampliación de embargo.

    Yo sugiero se haga el pago lo más pronto posible de la deuda, ya que con los intereses tan altos, se va a duplicar o triplicar la misma en caso de incumplimiento.

    De cualquier pago que realicen, pidan su recibo y cuando cubran la deuda total, exijan la entrega del o de los pagarés.

    Espero le sea de utilidad la información.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 231868

  • Roberto Gurbi
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    De su consulta se puede deducir que los cobros de esos pagares se lo estan haciendo de manera extrajudicial, es decir fuera de un juicio legal, por el monto elevado de los intereses que se han generado hasta la actualidad creo suponer que los pagares de referencia se firmaron hace años, precise el monto inicial de la deuda, los intereses que se han generado y los que ha pagado hasta ahorita, es muy importante saber la fecha de pago o vencimiento de los pagares  para ver si existe oportunidad legal para que proceda y prospere de un juicio ejecutivo mercantil en su contra.

    Saludos



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