Estado de Referencia: Distrito Federal
Hace poco mi cuñada falleció intestada, dejando solamente unos cuantos bienes muebles para los cuales dio instrucciones verbales antes de su muerte, es decir, fue un "testamento" puramente verbal.
Tres años antes de fallecer suscribió como prestataria unos pagarés, sin aval ni fiador, los cuales quedaron sin pago antes de su muerte.
Por otra parte, mi cuñada tenía un seguro de vida el cual, junto con unas cantidades menores (básicamente finiquito laboral) que les pagaron en la empresa donde ella trabajaba, fue cobrado por mis sobrinos.
Unos días después de la muerte de mi cuñada uno de mis sobrinos recibió una llamada de uno de los acreedores de los pagarés, reclamando el pago correspondiente. Aunque la llamada fue cortés, al menos en la superficie, el acreedor insinuó estar listo para exigir el pago de la deuda por la vía judicial si no hay un arreglo privado con mis sobrinos.
Sobre estos elementos, ¿puede el acreedor realmente iniciar una acción legal contra mis sobrinos?