Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ASENTAMIENTO HUMANO

  • Consulta : 97758
  • Autor : rumiko22mx_NR
  • Publicado : Jueves 13 de Enero de 2011 00:41 desde la IP: 189.144.41.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,137
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • rumiko22mx_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas noches, mi consulta es la siguiente, vivo en un condominio (de los de infonavit) el departamento ya fue liquidado hace algun tiempo, hace poco se compro un carrito, ahora que tuve un poco de dinero dispuse iniciar la construcion de una jaula para el auto, ya que hay 3 dentro en la unidad, solo que el dia de hoy detuvieron la "costruccion" de dicha jaula los del municipio, en base a los articulos 5.1 y 5.5 del codigo administrativo del estado de mexico y el articulo IV del reglamento del libro quinto (La regularización de la tenencia de la tierra), alegando que no hay licencia de costruccion, que tan viable es esto, y al hablar aqui de tenencia si saco la licencia me van a estar cobrando cada año como el predio del departamento??. gracias de antemano

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión