Estado de Referencia: Jalisco
Hola , soy estudiante de dercho corso el octavo cuatrimestre , tengo una consulta que hacer , respecto al problema o controversia que agui les muestro ,segun yo el primer nombrado tiene que hacer una demnada de jurisdiccion voluntaria asi como tambien el segundo en mencion , mepodrian dar su opinio que hacer al respecto..?
PROBLEMA:
Facundo Pérez es ejidatario del ejido de las Juntas y los veranos, con motivo de la certificación del ejido, en asamblea ejidal de fecha 27 de julio del año en curso conocido por los ejidatarios como asamblea dura y al estar haciendo la medición de su parcela resulto que el ejidatario Proculo Cabral se opuso a que le certificaran su parcela con el argumento de que la parcela que tiene en posesión Facundo Pérez a título de dueño desde la fundación del ejido, que incluso se encuentra a su nombre en el censo ejidal y trabajo de investigación de usufructo parcelario de 1980, pero Proculo Cabral dice que esa parcela le pertenece porque en una asamblea general de ejidatarios de fecha 1990 se lo reconocieron exhibiendo copia de la asamblea de esa fecha por tal motivo la asamblea, el fedatario público y el representante de la procuraduría agraria no certificaron esa parcela y lo dejaron como parcela en conflicto.