Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola, mi pregunta es la siguiente, bueno, se enfoca a varios casos, como se deben pagar esas horas trabajadas?
Caso 1:
Un trabajador que trabaja de lunes a jueves 12 hrs diarias turno 7 am a 7 pm trabaja en viernes (dia de descanso) 12 hrs, el sabado (tambien dia de descanso) otras 12 horas, tengo entendido que aqui se pagarian como dia de descanso doble las primeras 8 horas (jornada laboral maxima permitida por la LFT), las 4 que siguen se suman al tiempo extraordinario que tenga acumulado el trabajador en la semana, respecto al sabado se pagaria de la misma forma, 8 dobles y 4 sumar al tiempo extra que si exceden de 9 se pagarian al triple.
Caso 2:
Trabajador del turno nocturno tambien su jornada de lunes a jueves, trabajo en viernes y sabado 12 hrs en cada dia, su pago seria doble las primeras siete horas (por ser turno nocturno), y las 5 que siguen acumularlas como tiempo extra, igual tratamiento en sabado.
Estoy en lo correcto?