Estado de Referencia: Puebla
Hola.
¿Se puede establecer por default que en cada nómina se pague la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional?, según yo, no, porque no hay una interrupción de la relación laboral, no se si esté en lo correcto, si así fuese, ¿hay alguna parte de la ley en la que se fundamente que esta forma de proceder no opera ó hay alguna jurisprudencia al respecto?, ¿que repercusiones puede tener para el trabajador y el empleador esta forma de opera?r; o en su defecto, si si se puede, ¿bajo que se artículos fundamentaría esta forma de operar?
Agradezco sus comentarios,
Victor Zavaleta