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PRESCRIPCION POSITIVA

  • Consulta : 156892
  • Autor : eddinieto_NR
  • Publicado : Viernes 22 de Junio de 2012 09:34 desde la IP: 201.152.127.92
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,126
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  • Autor
    Consulta

  • eddinieto_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: San Luís Potosí

    hola buen dia soy el lic. nieto, soy asesor en regiduria municipal

     

    y ahora que he andado en recorrido de campaña de un grupo politico me encontre con una señora del rumbo que me pide le asesore para regularizar un inmueble que le encargaron desde hace 10 años y me manifiesta lo siguiente: que ella desde hace 10 años el dueño del inmueble le puso en posesion del inmueble al dejarla encargada del inmueble, ya que este tenia problemas economicos, y al darle llaves del mismo y ayudarle a cambiarse al mismo,  desde esa epoca ella habita la morada en forma continua, con su familia, ella le ha hecho arreglos, de mantenimiento, contrato la luz, el agua y demas servicios, ahora bien a causa de los adeudos que el dueño tenia se inicio un juicio ordinario civil por daños y perjuicio en el año de 1998, donde al  parecer señalaron dicho bien inmueble como garantia de las obligaciones que contrajo el dueño, y comparece una pareja ostentandose como actores y cesionarios que entiendo yo fueron inquilinos del dueño respecto a la casa y que sufrieron un incendio en el inmueble y responsabilizaron al mismo por no haber contratado en forma los servicios de electricidad y parecer causa que motivo el siniestro, pero le han llegado recibos de predial, que esta no ha podido cubrir ya que al parecer ya llegan a nombre de los promoventes pero estos nunca le han molestado para manifestarle que el bien es ya de ellos o notificado que debe de desocuparlo, en ese orden de ideas pregunto si la señora puede intentar la accion de prescripcion negativa en contra de quien le dio la posesion o en contra de la pareja quienes aparecen segun catastro del estado como dueños actuales, LES AGRADECERIA ME ASESOREN PARA PODER ORIENTAR BIEN A LA SEÑORA, Y PODER ASEGURARLE SI LE CONVIENE HACER EL GASTO EN EL JUICIO QUE LE COMENTARON.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 271885

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De que puede demandar la prescrípción positiva (no negativa) si puede, pero que lo logre es imposible puesto que la Señora nunca ha poseido el inmueble en calidad de dueña sino de comodataria, y pagar los servicios es obligación de todo comodatario que no le genera ningún derecho sobre el inmueble.



  • Autor
    Respuesta No: 271887

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Nieto:

    Si Usted se ostenta como abogado en la campaña y está dando asesoría, porqué quiere que en este foro se le informe qué debe hacer?

    Si no sabe sobre la posesión originaria y la derivada, está pérdido.

    No procede la prescripción positiva, pues para que proceda la misma, DEBE OSTENTARSE COMO PROPIETARIA, no como cuidadora del inmueble...

    Póngase a estudiar un poquito y verifique jurisprudencias al respecto, para que de verdad pueda dar una asesoría de calidad en LA CAMPAÑA DE SU CANDIDATO...



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