Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día.
Aprovechando su ofrecimiento de asesoría gratuita les comento que:
Recien vivo en un conjunto en condominio y se quiere contratar a dos personas como personal de vigilancia por lo que se pretende contratarlos por los propios habitantes del condominio, es decir, el personal de vigilancia recomendado no pertenece a ninguna empresa.
Por lo tanto mi duda se resume en la siguiente pregunta:
Si se quiere proceder de forma correcta ¿A que obligaciones contractuales (laborales, prestaciones, etc) estaría sometido el condominido para con los trabajadores contratados?
Por su atención Gracias.