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AMENAZA DE CORTE DE SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA

  • Consulta : 232910
  • Autor : missleonor_NR
  • Publicado : Lunes 16 de Junio de 2014 15:41 desde la IP: 187.206.106.55
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,119
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  • Autor
    Consulta

  • missleonor_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes, por favor solicito urgentemente  información sobre el procedimiento de cobro de supuestos adeudos de agua en el D.F , ya que el día de hoy se presentó en el domicilio de mi madre ,que tiene72años  y no se encontraba en ese  momento,una persona para indicarle de forma verbal  que cortaría el agua , al   presentarle  los recibos pagados que tenía a mano , el señor le dijo a la empleada que los adeudos eran del 2009 y dejó  un citatorio para mañana  a las 11 am , le indicó a la empleada que si  no presentaba todos  los recibos  del 2009  cortarían el suministro mañana. en verdad les agradecería me dijeran si esto procede de ésta  forma  , de cuántos años atrás  ,a autoridad  puede exigir los comprobantes de pago ,con cuanto tiempo etc .  mil gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 357397

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    De ninguna manera. Todo acto de molestia de la autoridad debe ser por escrito y con firma autógrafa o electrónica de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento. Nada de palabra. La autoridad debe requerirle por ESCRITO y por lo tanto Usted podrá defenderse ante el Tribunal de lo Contencioso Adminsitrativo. 

    Por otra parte de  conformidad a las recientes reformas a la Constitución, el artículo cuarto reconoce que el suministro del agua es un derecho humano y por lo tanto no le pueden cortar el servicio del agua al cien por ciento. Lo que le entregaron es un citatorio por no encontrase la persona a notificar, por lo que efectivamente le entregarán el día y hora señalada la notificación en donde le requieren compruebe el pago de los derechos de agua de los últimos cinco años, lo que significa que cuenta con quince días para inconformarse, ahora bien, si le cortan el servicio al cien por ciento podrá promover un amparo. 



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