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DIVORCIO EN CIUDAD NEZAHUALCOYOTL.
- Consulta : 100046
- Autor : g.olivares_NR
- Publicado : Domingo 30 de Enero de 2011 01:19 desde la IP: 189.179.179.154
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 30 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Me case el 6 de octubre del 2007 en ciudad Nezahualcoyotl bajo el regimen de separación de bienes, Después de cierto tiempo mi marido comenzó a tomar de manera descontrolada y se excuso diciendo que era por la culpa que sentía por no haberme dicho que tenía dos hijos y por no saber donde y como estaba..... sin embargo siguió tomando y perdiendo los trabajos y se volvió agresivo, se fue varias veces de la casa y regresaba con la promesa de cambiar en marzo del 2008 una hermana de él lo metio a un anexo de AA donde estuvo 3 meses, al salir regreso a la casa y consiguio buen empleo, pero al querer planear tener familia, en los estudios que nos hicieron resulto que él no tenía ni buena cantidad ni buena calidad en su esperma, se sometio a varios tratamientos para mejorar , pero no fue así ya que suspendía los tratamientos y comenzó a beber de nuevo, se realizaron dos enseminaciones artificiales sin éxito, cambio de doctores pero le dijeron lo mismo y no siguio ningún tratamiento al pie de la letra, entonces volvió a tomar con mayor frecuencia hasta que perdió el empleo, busco ayuda para su alcoholismo pero volvía arecaer, se volvió agresivo y violento y extremadamente celoso, me hizo varios escandalos en mi trabajo, poe que según él lo engaño con todo mundo. En enero del 2010 se fue de la casa y ya no le permití regresar hasta que en verdad buscara una solución a su problema de alcoholismo y a su infertilidad, no le permití regresar por que en otras ocasiones ya se había ido varias veces de la casa se iba por semanas y luego regresaba muy tranquilo. En este último año se fue pero seguía buscandome,me ayudaba en mi trabajo, a veces estaba bien y otra no, incluso una vez se lo llevo una patrulla por el escandalo que hizo en mi trabajo, hasta que me harto y le pedí que no me buscara más y en Noviembre pasado supuestamente se anexo él solo en el grupo de AA de clavería, me llamaron para que lo fuera a ver, pero les dije que no,... ante mi negativa comenzo a llamarme por telefono y como yo insiti en que diera todo por terminado salio del anexo antes de tiempo y fue a buscarme para pedir otra oportunidad que pasos debo seguir para divorciarme de él ya ,cuenta que hace más de 1 año no vivimos juntos? y qué no puede tener hijos? además de su alcoholismo y de que no tiene un trabajo estable? adonde´debo acudir para iniciar el proceso. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 207750
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 01:22 2011-01-30 01:22 desde IP: 189.217.139.33
Estimada consultante inicie un juicio de divorcio necesario invocando la causal de la separacion de 1 año a que hace referencia, violencia familiaro bien por el problema de alcolismo, en lo personal le sugiero hacerlo por una sola causal, la primera que hice referencia. En lo que toca a la esterilidad eso no es una causal de divorcio, dado que uno de los fines del matrimonio es la POSIBILIDAD de la procreacion. El juicio de divorcio necesario lo hara ante un juez de lo familiar competente, acerquese a un abogado especialista en materia familiar, el bajo un criterio propio sobra como encausar la demanda, o bien acuda a la defensoria de oficio cuyo seguimiento del juicio sera en forma gratuita.
Espero le haya ayudado en su consulta
Lic. Roberto Gurbi
Cel. 5525169916
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Autor
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AutorRespuesta No: 207765
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 11:33 2011-01-30 11:33 desde IP: 187.139.111.207
Difiero del comentario de Roberto Gurbi en cuanto el divorcio por separacion de un año, porque su marido puede demostras que ha intentado regresar con usted.
De lo demas, estoy de acuerdo con el. puede aplicar el divorcio necesario por alcoholizmo y violencia intrafamiliar. Como mencionas que vive en Neza, puede hacer el tramite en el Palacio Municipal de Neza, en la oficina del Juez de lo familiar.
Buena Suerte.
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Autor
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AutorRespuesta No: 207768
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 11:46 2011-01-30 11:46 desde IP: 187.194.29.210
La causal de un año, es la correcta, ya que hasta pueden trabajar juntos, en la misma empresa, y no VIVIR JUNTOS, que es la presunciòn legal, que te busque de vez en cuando, no da causa para que se impida el acto de divorcio.
Lo recomendable, es que busques un abogado especialista en derecho familiar, en el juzgado familiar, las secres te diden quien es el bueno de esta comedia, y esta persona formulara la demanda y firmarà contigo, en edomex, los juicios, las promociones, los escritos, los deben de firmar tu y tu abogado, sin la firma de un abogado conocido y reconocido por el juzgado, tus escritos no son recibidos por el juez.
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Autor
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AutorRespuesta No: 207788
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 13:46 2011-01-30 13:46 desde IP: 201.137.97.87
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Autor
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AutorRespuesta No: 207842
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 17:14 2011-01-30 17:14 desde IP: 187.194.29.210
Buenas tardes:
Tienes mucha tela de donde cortar, esto quiere decir que hay muchas causales a tu favor:
El Código Civil de cada estado de la república, enumera entre otras, las siguientes causas de divorcio necesario:
- El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges.
- El hecho de que la mujer dé a luz, durante el matrimonio, un hijo concebido antes de celebrarse el matrimonio y que el esposo no lo reconozca como suyo.
- La propuesta del marido para prostituir a su mujer.
- La incitación a la violencia hecha por un cónyuge al otro para cometer algún delito.
- Los actos inmorales ejecutados por el marido o por la mujer con el fin de corromper a los hijos, así como la tolerancia en su corrupción.
- Padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio.
- Padecer enajenación mental incurable, previa declaración de este hecho en un juicio.
- La separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada.
- La separación del hogar conyugal originada por una causa que sea bastante para pedir el divorcio, si se prolonga por más de un año sin que el cónyuge que se separó entable la demanda de divorcio.
- La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte.
- La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge para el otro.
- La negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligaciones derivadas del matrimonio
- La acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión.
- Haber cometido uno de los cónyuges un delito que no sea
- Los actos inmorales ejecutados por el marido o por la mujer con el fin de corromper a los hijos, así como la tolerancia en su corrupción.
- Padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio.
- Padecer enajenación mental incurable, previa declaración de este hecho en un juicio.
- La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte.
- La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge para el otro.
- La negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligaciones derivadas del matrimonio
- La acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión.
- Haber cometido uno de los cónyuges un delito que no sea
- Los actos inmorales ejecutados por el marido o por la mujer con el fin de corromper a los hijos, así como la tolerancia en su corrupción.
- Padecer sífilis, tuberculosis, o cualquiera otra enfermedad crónica o incurable que sea, además, contagiosa o hereditaria, y la impotencia incurable que sobrevenga después de celebrado el matrimonio.
- Padecer enajenación mental incurable, previa declaración de este hecho en un juicio.
- La declaración de ausencia legalmente hecha, o la de presunción de muerte.
- La sevicia, las amenazas o las injurias graves de un cónyuge para el otro.
- La negativa injustificada de los cónyuges a cumplir con las obligaciones derivadas del matrimonio
- La acusación calumniosa hecha por un cónyuge contra el otro, por delito que merezca pena mayor de dos años de prisión.
- Haber cometido uno de los cónyuges un delito que no sea político, pero que sea infamante, por el cual tenga que sufrir una pena de prisión mayor de dos años.
- Los hábitos de juego o de embriaguez o el uso indebido y persistente de drogas enervantes.
- Cometer un cónyuge contra la persona o los bienes del otro, un acto que sería punible si se tratara de persona extraña, siempre que tal acto tenga señalada en la ley una pena que pase de un año de prisión.
- El mutuo consentimiento.
- La separación de los cónyuges por más de 2 años, independientemente del motivo que haya originado la separación.
- Las conductas de violencia familiar cometidas por uno de los cónyuges contra el otro o hacia los hijos de ambos o de alguno
- de ellos.
- El incumplimiento injustificado de las determinaciones de las autoridades administrativas o judiciales que se hayan ordenado, tendientes a corregir los actos de violencia familiar hacia el otro cónyuge o los hijos, por el cónyuge obligado a ello.
La sentencia de divorcio crea consecuencias jurídicas respecto de los divorciados, de sus bienes y de los hijos en común
Se debe aclarar que en la demanda de divorcio se debe señalar alguna o algunas de estas causas de manera forzosa. Es decir, no se trata de un artículo que describa conductas que puedan ser causal de divorcio, sino que la causal del divorcio se debe ajustar a alguna de estas causas de manera forzosa.
TESIS AISLADA.- MATERIA.-CIVIL.- NOVENA EPOCA.- INSTANCIA.- TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO.- FUENTE.- SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA.- XIX, ABRIL DE 2004.- TESIS.- I.IIo.C.96C.- PAGINA 1407.- “CONVIVENCIA FAMILIAR. EN LAS SENTENCIAS QUE SE DICTEN EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO O DE GUARDA Y CUSTODIA DE MENORES, ES OBLIGACIÓN DEL ORGANO JURISDICCIONAL PRONUNCIARSE, AUN DE OFICIO, RESPECTO A ESE REGIMEN (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).- De conformidad con el artículo 283 del Código Civil para el Distrito Federal, en relación con los diversos artículos 416 y 417del mismo ordenamiento legal, en las sentencias que se dicten en los juicios de divorcio y custodia de menores, el juez de primer grado o, en caso de omisión, el Tribunal de Apelación, tienen la obligación de pronunciarse, aun de oficio, respecto del régimen de convivencia de los menores hijos con el PROGENITOR que se encuentra separado de ellos, debiendo tener en cuenta para ello el interés superior de los menores, las circunstancias especiales del caso concreto y las posibilidades y condiciones especificas de cada uno de los padres, excepto cuando exista la certeza de que tal convivencia resulte riesgosa o perjudicial para el o los menores.” DECIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Lo que menciona el colega MASCARA NEGRA, respecto de que tienes que tener abogado para demandar en el Estado de Mexico, es verdad, sin abogado, no la vas a desahigar.
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