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SU AYUDA POR FAVOR EN MATERIA CIVIL
- Consulta : 129741
- Autor : arias733_NR
- Publicado : Domingo 06 de Noviembre de 2011 14:29 desde la IP: 201.138.187.78
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,117
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 06 de Noviembre de 2011
Estado de Referencia: Nayarit
Saludos señores abogados:
Les planteo el siguiente asunto: que pasará con una casa de interes social la cual adquirí por medio de un credito fovisste ejercido a mi favor, tengo como 3 años desde que la estoy pagando y me faltarñan como 15 años mas aprox. para terminarla de pagar, vivimos en ella mi esposa y su servidor asi como mis menores hijos de 4 y 5 años. Ahora tengo muchos problemas con mi esposa aconsecuencia de las malas influencias de sus padres ya que le meten en su cabeza malas ideas en contra mia y que desde que nos casamos se han metido en nuestro matrimonio. El pasado mes de Octubre me demando la pension alimenticia y me exigio el 50 porciento que le corresponde, a lo que no me niego adarle, pero le pedi que me firmará el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO el cual se nego a firmar aconsejada por sus padres, entonces mi pregunta es, en el mejor de los esenarios si se llegara a configurar alguna de las causales contempladas en la ley adjetiva civil de mi Estado para el DIVORCIO NECESARIO, que pasará a la hora de la liquidacion de la sociedad conyugal con mi casa que me esta constando y que me encuentro pagando con mucho sacrificio, a quien de los dos se la van a pasar, y en el supuesto que el juez se la de a a ella por los niños como le puedo hacer para no perderla, por que no se vale que ella y sus padres hallan visto un buen negocio en mi matromonio.
Les agradesco su tiempo y su ascesoria.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 244296
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Noviembre de 2011 15:42 2011-11-06 15:42 desde IP: 187.194.52.136
No dices bajo que regimen te casaste, pero en fin.
Si estas casado en sociedad conyugal, le toca a ella el 50% de los bienes adquiridos en el matrimonio, por tanto se vende el bien,. se le paga al acreedor principal y si algo sobra, se divide por mitad.
Si estas casado por separaciòn de bienes, y la casa esta a nombre de uno de los dos, es de ese, pero si esta nombre de ambos, se sigue el camino que ya te marque para la sociedad conyuigal.
Sea en juicio de divorcio voluntario o sea en juicio de divorcio necesario.
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