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CALCULO DE PENSIóN DE CESANTíA LEY IMSS 97
- Consulta : 192973
- Autor : mellado74_NR
- Publicado : Martes 09 de Abril de 2013 11:58 desde la IP: 201.144.4.254
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 09 de Abril de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 313372
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Abril de 2013 12:04 2013-04-09 12:04 desde IP: 187.172.252.187
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Autor
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AutorRespuesta No: 313432
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Fecha de respuesta: Martes 09 de Abril de 2013 14:41 2013-04-09 14:41 desde IP: 201.148.31.125
Suponiendo que sea Invalidez de acuerdo al artículo 141 de la ley del Imss de 1997 la pension por invalidez sería del 35% del promedio de los salarios correspondientes a las ultimas 500 semanas de cotización, pero como acertadamente comenta wofito si tienes 1850 semanas no te conviene la ley 97, siempre es mejor optar por la ley 73
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