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CONFUSIóN DE APLICACIóN DE CóDIGOS ENTRE LOCAL Y FEDERAL
- Consulta : 187597
- Autor : juan charles
- Publicado : Jueves 21 de Febrero de 2013 08:41 desde la IP: 187.200.111.100
- Tipo de Usuario :
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Publicado el Jueves 21 de Febrero de 2013
Ojalá y me ayuden a aclarar esta confusión: Cuando el mismo delito está tipificado en ambos códigos, pero de una manera distinta (por ejemplo, hay algunas diferencias en la descripción típica o en la aplicación de las penas), ¿cómo se determina bajo cúal código se va a proceder en dado caso? Por ejemplo, el delito de " DELITOS CONTRA LA FILIACIÓN Y EL ESTADO FAMILIAR DE LAS PERSONAS Artículo 239," Artículo 239.- Se aplicará prisión de seis meses a tres años, multa de 5 a 40 días y suspensión o privación de los derechos inherentes al parentesco, a la custodia o a la tutela en relación al ofendido, al que participe en el levantamiento de una acta de inscripción en el Registro del Estado Familiar de las personas, a sabiendas de que contiene datos falsos. Igual pena se impondrá a quien omita datos o la inscripción del estado familiar de una persona, o usurpe dicho estado, con el propósito de causarle un perjuicio o de obtener algún beneficio; o registre o haga registrar el estado familiar de las personas sujetas a juicio en el que no se hubiese dictado sentencia que haya causado ejecutoria y a nivel federal (CPF DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL Y BIGAMIA Artículo 277). Artículo 277. Se impondrán de uno a seis años de prisión y multa de cien a mil pesos, a los que con el fin de alterar el estado civil incurran en alguna de las infracciones siguientes; III. A los padres que no presenten a un hijo suyo al Registro con el propósito de hacerle perder su estado civil, o que declaren falsamente su fallecimiento, o lo presenten ocultando sus nombres o suponiendo que los padres son otras personas;V. Al que usurpe el estado civil de otro con el fin de adquirir derechos de familia que no le corresponden. Además, las penas estipuladas difieren entre los dós códigos. Entonces, ¿cómo procedería el ministerio público en Hidalgo, frente a un delito que: a) corresponde a la descripción típica en AMBOS códigos (p.ej. Igual pena se impondrá a quien omita datos o la inscripción del estado familiar de una persona, o usurpe dicho estado, con el propósito de causarle un perjuicio o de obtener algún beneficio - o - b) corresponde a la descripción en el código federal, ( p ej. Al que usurpe el estado civil de otro con el fin de adquirir derechos de familia que no le corresponden. ¡Gracias!
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