Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día.
Quisiera saber si existe alguna reglamentación donde se indique el máximo de la jornada de trabajo.
Tanto la CPEUM como la LFT señalan que no será mayor de 8 horas y en caso e exceder este tiempo que es lo que ocurre, sin embargo solo indican que será de 6 días de trabajo y cuando menos uno de descanso.
Como yo lo veo eso me daría un máximo de 48 horas por semana de labores sin contemplar tiempos extraordinarios.
¿Estoy en lo correcto?, soy empleado federal y en mi FUP (Formato Único de Personal) solo indica que mi horario es abierto; ¿Cómo puedo interpretarlo o entenderlo?
Gracias.