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ASESORIA CAMBIO DE APELLIDOS A MENORES DE EDAD. ANTERIORES DEMANDAS EN MATERIA CIVIL Y PENAL
- Consulta : 224205
- Autor : cramirezh03_NR
- Publicado : Martes 11 de Marzo de 2014 18:48 desde la IP: 189.254.145.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Marzo de 2014
Estado de Referencia: Guanajuato
Hola buenas tardes
Mi nombre es Cristina Ramirez Hernandez, soy de león Gto, el motivo de mi correo es para buscar asesoría legal sobre un par de demandas que quedaron inconclusas, tanto de materia civil y penal, explico brevemente:
Aproximadamente a finales del 2008 principios del 2009 comencé el trámite de mi divorcio forzoso, de ser en materia civil se extendió a materia penal tengo entendido por negar la pensión alimenticia de los dos hijos que tuvimos y un saldo que mi ex esposo me debía, en todo el proceso no existió respuesta alguna de mi ex pareja, obtuve el divorcio y la patria potestad de mis hijos, inclusive se dictó sentencia de la pensión alimenticia pero esta persona (jose de Jesus Zermeño Ojeda) cambio de domicilio y se dio por perdido lo último que me comento el licenciado que llevaba mi caso fue que los ministeriales no encontraban paradero alguno, han pasado de eso casi 4 años aprox, por lo que no recibí más respuesta, ni término del caso.
Mis dos hijos quedaron registrados con el apellido del papa biológico (Jeus Alejandro y Christian Emmanuel Zermeño Ramirez) de 5 y 6 años, sin embargo no lo conocen, ni él al niño más chico, al mayor lo dejo de ver cuando tenía aproximadamente la edad de 4 meses.
Mi detalle es el siguiente; el 23 de agosto contraje matrimonio al civil con Jose de Jesus Martinez Barrios y el 12 de octubre por vía religiosa, mi actual esposo y yo hemos tenido varios años siendo pareja por lo que conoció a mis hijos desde bebes, desde entonces a la fecha actual ha tomado el rol de padre tanto económicamente como moralmente por lo que mi esposo y yo estamos interesados en el cambio de apellidos del padre biológico por el de mi esposo (de Zermeño a- Martinez ) , el reconocimiento o adopción es meramente por libre decisión de mi esposo aceptando las responsabilidades y derechos que esto conlleva, por lo que yo acepte ver dicha posibilidad aun contemplando que probablemente se perdería la solicitud de la pensión a lo cual estoy dispuesta, con esfuerzos ambos hemos hecho y brindado a los niños una digna calidad de vida. Este cambio de apellidos es con la finalidad de ofrecer a ahora nuestros niños una estabilidad moral, emocional y sentimental. Ya que para ellos y nosotros como pareja e inclusive para nuestras familias él siempre ha sido su figura paterna y ahora que hemos formado una familia queremos brindarles la estabilidad que ellos merecen. Agradecería me pudiera brindar su apoyo orientándome en primera instancia como o donde puedo saber el número de expediente de mis demandas, y en segunda donde puedo buscar apoyo para este juicio ya que supongo tendrá que intervenir un representante legal y por cuestiones económicas no nos es posible la contratación de alguno. Gracias a Dios no nos falta nada pero tampoco podemos pagar los honorarios tan elevados, de igual manera tememos buscar alguno sin recomendación ya que nos hemos dado cuenta de casos de fraude a usuarios que buscan apoyo legal.
Agradezco su atención, quedo pendiente de sus comentarios
Saludos.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 343931
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Marzo de 2014 20:18 2014-03-11 20:18 desde IP: 187.201.254.3
CONSULTANTE cramirezh03_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Contestando concretamente su pregunta Consultante le diré que, DE ACUERDO A LA LEY CIVIL EN MÉXICO, USTED NO PUEDE, NI DEBE QUITARLE EL APELLIDO DE UNO DE SUS PADRES A LA PERSONA QUE REFIERE, EN VIRTUD DE QUE SI LO HACE ESTARÍA COMETIENDO DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS, EN LA MODALIDAD DE PRIVAR A UNA PERSONA QUE ES SU PADRE O MADRE BIOLÓGICO AL DERECHO DE LA PATERNIDAD QUE LE CORRESPONDE, PRIVANDO ASÍ CON DICHA CONDUCTA DELICTIVA A SU VERDADERO PADRE O MADRE BIOLÓGICO DE LOS CORRESPONDIENTES DERECHOS DE PATERNIDAD, FILIACIÓN, HEREDITARIOS, ETC; QUE NACEN POR EL HECHO DE LA FILIACIÓN, entiende; por lo que le aconsejo jurídicamente que antes de hacer alguna cuestión en este sentido, VALORE LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DE SUS ACTOS, QUE LE REITERO, EN ESTE CASO SERÍAN CONSTITUTIVOS DE DELITO, que pase una excelente tarde.
Por lo que le aconsejo jurídicamente que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIAS CIVIL Y PENAL, para que tenga asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . m o r a l e s y c i a . n e t (minúsculas y todo junto)
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