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CHEQUE SIN FONDOS

  • Consulta : 135885
  • Autor : liliana_s_m_NR
  • Publicado : Miércoles 18 de Enero de 2012 22:35 desde la IP: 189.163.93.195
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,119
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  • Autor
    Consulta

  • liliana_s_m_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato

    En el año de 2010 entregaron un cheque como pago de una factura, al acudir al banco les informaron que carecia de fondos. aun se puede demandar por la via mercantil y recuperar el dinero? Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 251825

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La acción cambiaria ya no, conforme a la Ley General de Títulos y operaciones de Crédito.

    Artículo 191.- Por no haberse presentado o protestado el cheque en la forma y plazos previstos en este capítulo, caducan: 

    I.- Las acciones de regreso del último tenedor contra los endosantes o avalistas; 

    II.- Las acciones de regreso de los endosantes o avalistas entre sí, y 

    III.- La acción directa contra el librador y contra sus avalistas, si prueban que durante el término de presentación tuvo aquél fondos suficientes en poder del librado y que el cheque dejó de pagarse por causa ajena al librador sobrevenida con posterioridad a dicho término. 

    Artículo 192.- Las acciones a que se refiere el artículo anterior prescriben en seis meses contados: 

    I.- Desde que concluye el plazo de presentación, las del último tenedor del documento; y 

    II.-  Desde el día siguiente a aquél en que paguen el cheque, las de los endosantes y las de los 

    avalistas.

    Pero Ud. cuenta todavía con la acción causal que dura 10 años.



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