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DESCUENTOS DE PENSIóN ALIMEN. POR HONORARIOS?
- Consulta : 180428
- Autor : arquitech_6_NR
- Publicado : Viernes 14 de Diciembre de 2012 19:43 desde la IP: 189.253.166.83
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,121
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 14 de Diciembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 295785
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Diciembre de 2012 19:50 2012-12-14 19:50 desde IP: 189.144.137.19
a usted se le va a requerir acredite los ingresos que percibe y en base a ello se le descontara en salarios minimos de acuerdo su capacidad económica y en base a las necesidades básicas de sus acreedores alimentarios, es un principio de proporcionalidad
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Autor
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AutorRespuesta No: 295786
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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Diciembre de 2012 20:04 2012-12-14 20:04 desde IP: 187.232.13.23
solamente complementando la información que le proporcionaron anteriomente; por el regimen en el cual usted esta tributando y por el tipo de contrato en el cual usted esta prestando su servicio no es acreedor a ninguna prestación... por eso, no tiene imsss, no genera antigüedad, no tiene afore, entre algunas otras prestaciones... revise nuevamente su contrato... saludos
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