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RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD (PADRE FALLECIDO)

  • Consulta : 141260
  • Autor : lourdese_glez_NR
  • Publicado : Jueves 08 de Marzo de 2012 16:04 desde la IP: 201.143.234.145
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,124
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  • Autor
    Consulta

  • lourdese_glez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Buenas Tardes, el padre de mi hijo fallecio cuando yo estaba embarazada, nosotros no nos casamos y tuvimos otro hijo que si esta reconocido por el puesto que aun no fallecia...en el Registro Civil tuve que registrarlo como madre soltera ya que me solitan para que pueda tener el apellido de su padre que lleve una sentencia que asi lo ordene....el padre de mis hijos era hijo unico y no le sobreviven sus padres...pero era ciudadano americano y mi primer hijo pudo obtener la ciudadania americana sin embargo al segundo hijo no lo puedo hacer si no esta reconocido...guardo objetos de el como su cepillo de dientes y cabello donde se puede sacar adn...espero me puedan ayudar o asesorar si esto es posible...gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 257356

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA BUENAS TARDES:

    MIRA CON LAS PERTENENCIAS QUE DICES TENER SE PUEDE DAR INICIO AL JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, CON LA FINALIDAD DE QUE TU SEGUNDO HIJO SEA RECONOCIDO.

    PARA MAYOR INFORMACION Y CON LA FINALIDAD DE ACLARAR TUS DUDAS ME PONGO A TUS ORDENES EN LOS SIGUIENTES TELEFONOS:

    NEXTEL.- (0155) 36-19-84-06

    OFICINA.- (0155) 55-82-94-11

    BLANCA NUÑEZ



  • Autor
    Respuesta No: 257413

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguida Consultante

     El reconocimiento de un hijo natural no puede ser tácito, sino de acuerdo con el Código Civil, que mandan que dicho reconocimiento sólo puede hacerse de una manera expresa, mediante declaración o confesión del padre, por cualquiera de los medios que establecen la ley, por lo que el “JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD”no es procedente.

     Lo que si procede es un juicio sobre investigación de la paternidada efecto de obtener una sentencia que declare aquélla, conforme lo establece el código citado, y acreditar la circunstancia de que el padre y la madre del interesado, vivieron en concubinato, y de que el hijo nació dentro de los plazos que la ley fija.

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx



  • Autor
    Respuesta No: 257416

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De acuerdo total con tuamigoabogado. Un cepilo de dientes y de cabello podra servir para determinar que el dueño de dichas cosas es el padre del menor. Sin embargo, otra cosa muy distinta sera acreditar que dicho cepillo era del decujus.



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