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ASESORIA PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 128971
  • Autor : hbenitezg4_NR
  • Publicado : Jueves 27 de Octubre de 2011 12:02 desde la IP: 208.87.234.180
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • hbenitezg4_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Hola que tal, escribo para saber si me pueden ayudar con su valiosa orientacion, mi caso es el siguiente; son del estado de hidalgo y tengo una hija de 4 años 8 meses y demande por la via familiar a la mama de mi hija por pension alimenticia, guarda y custodia definitiva, perdida de patria potestad asi como pago de pensiones no pagadas y las que vengan, a mi hija me la dejo desde hace 1 año 9 meses y desde ese tiempo no ha cumplido con nada, ni pago de pension y ni convivencia y en este momento la demande ya que de acuerdo a la ley ella ha dejado en el abandono a mi hija y tambien ha abandonado sus obligaciones.

    La duda se basa en lo siguiente, la demande y el juez acordo sin audiencia, y fjjo una pension alimenticia para ella asi como pido la intervencion del consejo de familia para que hicieran estudios de personalidad a la mama de mi hija y a mi asi como para que evaluaran las condiciones bajo las que vive mi hija, despues de las valoraciones y de los estudios realizados, se llevo a cabo mi comparecencia para mejor proveer sobre la guarda y custodia ante el juez, ministerio publico, consejo de familia y presentando a mi hija yo.

    Una vez llevada a cabo la audiencia el las tres figuras, juez, consejo de familia y ministerio publico estuvieron de acuerdo en otorgame la custodia provisional dado que el los resultados de las valoraciones psicologicas practicadas resulto que ella tiene problemas en las relaciones personales y sociales asi como conductas autoagresivas, incluso el ministerio publico y el consejo de familia recomendaron que si en algun momento se le autorizaran convivencias primero la mama de mi hija tenia que acreditar que esta bajo tratamiento psicologico (como dato curioso la mama de mi hija es psicologa) con la intencion de salvaguardar el bienestar emociona de mi hija, y que antes de que se llegasen autorizar convivencias, habia que primero tambien hacer valoraciones a mi hija para saber su estado emocional.

    De tal manera que la mama de mi hija justo en ese dia contesto mi demanda demandandome la contravencion, y en esa contravencion ella esta de acuerdo en que se me de la custodia de mi hija pero falsamente afirma haber cumplido cabalmente sus obligaciones alimentarias con mi hija lo cual es totalmente falso, ademas de solicitar al juez me haga comparecer para que se le de un calendario de visitas con el argumento de que se estan violando sus derechos, de tal manera que el juez acordo en base a su contravencion, que tengo que comparecer nuevamente yo con mi hija para atender su peticion de convivencia.

    Y en ese radica la duda, como es posible que el juez me pide que comparezca yo, si ya habia fijado su postura en estar de acuerdo en que la convivencia con mi hija era condicionada y ademas era inconveniente para mi hija, como es posible que en menos de 2 semanas ya pide que comparezca, eso se lo pregunte a mi abogado y me dice que es es una diligencia de ley y que hay que hacer lo que el juez diga.

    Pero yo me pregunto si hay forma de evitar presentar a mi hija bajo esas condiciones, dado que en el acuerdo de que se me dio ahi mismo especificaban que no era conveniente la convivencia y ahora resulta que como la mama la pidio, ahora el juez atiende su peticion de presentarme con mi hija.

    Gracias por leer, escribi mucho pero lo hago con la intencion de hacer un resumen de todo y para dejarles lo mas clara la situacion y quedo en espera de sus valiosos comentarios.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 243330

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Como te lo indico tu abogado, es una indicacion del juez y debes acatarla. No es que el juez este cambiando de opinion en 15 dias, sino que debe de dar el derecho de audiencia a la madre de tu hija y debe de tomar en cuenta todos los elementos para dictar sentencia.

    Haz caso a tu abogado!



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