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PROCEDIMIENTO DE EMBARGO
- Consulta : 127946
- Autor : montoyamarco4222_NR
- Publicado : Sábado 15 de Octubre de 2011 20:21 desde la IP: 189.217.232.184
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 15 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
BUENAS NOCHES EL PROBLEMA QUE TENGO ES QUE DOS DE MIS TIOS COMPRARON DOS CARROS USADOS A MENSUALIDADES CON UN PARTICULAR, ESTE LES PIDIO COPIA DE LAS ESCRITURAS DE LA CASA, LA CUAL ESTA A NOMBRE DE MI ABUELA QUE TIENE 75 AÑOS, MIS TIOS DEJARON DE PAGAR YA QUE LOS CARROS SE DESCOMPUSIERON Y QUISIERON DEVOLVERLOS PERO ESTE SEÑOR YA NO LOS QUIZO, AHORA ESTAN ENFRENTANDO UN PROCESO DE EMBARGO DE LA CASA DE MI ABUELA. MI DUDA ES PUEDEN EMBARGAR LA CASA DE MI ABUELA Y LA PUEDEN DESALOJAR? GRACIAS Y ME PUEDEN EXPLICAR EL PROCEDIMIENTO Y QUE HACER PARA DEFENDER A MI ABUELA.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 242091
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Fecha de respuesta: Sábado 15 de Octubre de 2011 21:35 2011-10-15 21:35 desde IP: 189.234.175.18
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Autor
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AutorRespuesta No: 242104
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 01:42 2011-10-16 01:42 desde IP: 201.151.157.2
el hecho que una persona tenga las escrituras de la basilica de san juan, no acredita que sea el dueño, como te menciona la respuesta anterior, solo que tu abuela haya firmado de aval, solo asi podran secuestrar bienes de su propiedad, si a la hora de la diligencia el secretario del juzgado devidamente identificado, preguntara por las personas que firmaron los documentos ( pagarte) si tus tios no viven ahi, tendran que acreditarlo, y si ustedes acreditan que no viven ahi, la diligencia no podra llebarse a cabo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 242111
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 11:10 2011-10-16 11:10 desde IP: 187.141.84.91
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Autor
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AutorRespuesta No: 242146
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Octubre de 2011 18:01 2011-10-16 18:01 desde IP: 187.194.58.71
Tus tios, pajaros de cuenta, sabian que no iban a pagar los vehiculos, pero le dieron alas al vendedor con la copia de unas escrituras; como sabes que no le sacaron la firma a tu abuela.
La unica defensa existebnte, es pagar. Que la cosa sirva o no sirva, no les da derecho a suspender el pago de la misma, la obligaciòn contraida no lo es en base a que funcione o no la cosa.
Solo queda pagar, ni devolviendo los carros se quitan la deuda.
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