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¡SI LA MADRE DESCUIDA A SUS HIJOS PUEDE PERDER LA GUARDA CUSTODIA?

  • Consulta : 247241
  • Autor : ed_nace_NR
  • Publicado : Jueves 06 de Noviembre de 2014 10:30 desde la IP: 189.241.90.8
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,119
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  • Autor
    Consulta

  • ed_nace_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    e estado viviendo con una persona desde hace 4 años, persona que cuando la conoci tenia un niño de año y medio y el cual ahora tiene 6 años, y tambien tengo dos niñas con ella la cual hasta el dia de hoy no ha visto ni por su hijo ni por nuestras hijas por lo cual ahora hemos decidido separarnos. Pero bueno mi pregunta es si el dia de ayer 5 de nov. del año en curso se salio de la casa llevandose a mi hija la menor, y dejando a la grande en casa y a su hijo en la escuela y no pasar por el a la hora de la salida y a pesar de que ami menor hija el medico le ordeno a su madre que no podia salir al frio, y se la lleva y regresa hasta las 10 de la noche, sin ir por el niño a la escuela no darles de comer a los dos niños y siguiendo con el descuido de la pequeña eso pienso yo es decuidar a los niños y ponerlos en riesgo, eso no ameritaria que yo como su padre pueda pelear la guarda custodia de mis hijas??? 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 369522

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado consultante

    desde el punto de vista de un servidor lo que usted refiere de esa mujer en relacion a sus hijos para argumentarlo como causal de perdida de guarda y custodia NO es factible toda vez que el descuido o la desatencion hacia los hijos debe ocasionar en ellos alguna consecuencia grave ya sea en su integridad fisica o bien en su alimentacion diaria por citarle algunos ejemplos, cuando una madre descuida a sus hijos este tiene que ser total, causandole al menor desnutricion, lesiones culposas o bien hacerlo que ingiera bebidas embriagantes ok, ya que todo esto, significaria que en el caso que el hijo siguiera con la madre, esta constituiria un peligro para la salud y el desarrollo psiquico y emocional para los pequeños, es por ello que el juez civil ante la acreditacion de estos riesgos, le otorga la guarda y custodia al padre o en su caso a los abuelos maternos, ok, 

    sin embargo, usted como padre puede consultar un abogado y si la ley civil de su entidad le permite promover un deposito de persona a favor de usted, hagalo, ok, o bien, mande citar a la madre de los pequeños al DIF de su localidad y lleguen a un convenio respecto al cuidado y proteccion de los pequeños, ok

    fue un gusto servirle 



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