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MI ESPOSA TRABAJA,¿ TAMBIEN LE TOCA PONER UN PORCENTAJE PARA LA PENSION ALIMENTICIA?
- Consulta : 179400
- Autor : tomgrapa2009_NR
- Publicado : Jueves 06 de Diciembre de 2012 22:10 desde la IP: 189.130.145.157
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 06 de Diciembre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
Buenas noches, mi esposa y yo estamos recien separados, ella metio por medio del DIF una demanda de pension alimenticia para mis cuatro hijos y ella. Ella tiene una estetica y le va bien, pero eso no lo menciono cuando fue a poner la demanda, mi duda es , si a ella tambien le toca poner un porcentaje para la pension alimenticia, o solo me toca a mi.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 294592
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Diciembre de 2012 22:15 2012-12-06 22:15 desde IP: 201.141.63.206
Evidentemente sí. Usted debe contestar la demanda haciendo mención de que su esposa trabaja y que a ella no le corresponde pensión alguna, y en cuento a los hijos sí está obligado pero puede pedir una reducción del por ciento que le señalen en el entedido de que su esposa también está obligada. La carga procesal es de Usted, es decir que Usted es quién debe probar que su esposa trabaja y le va bien. Necesita de un abogado titulado especialista en le materia y cuidado con los coyotes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 294597
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Diciembre de 2012 23:00 2012-12-06 23:00 desde IP: 189.235.240.71
Buen dia:
bueno para contestar su pregunta, no a ella no le toca poner porcentaje para la pension alienticia, esto ya que el demandado es usted, y el porcentaje se le decretaria solamente al demandado, el caso es que ella tambien tiene la obligacion de dar alimentos a sus menores hijos, pero al tener ella la custodia de los menores no se tendrian que garantizar los alimentos, aclarando que "ella tiene obligacion de dar alimentos, pero no de garantizarlos como se le esta demandando a usted", ahora bien, que ella gane o perciba mas ingresos que usted no lo exhime de la obligacion de dar aliementos hacia los hijos, pero hacia la conyuge o esposa no son obligatorios si ella se puede procurar por sí misma...Espero que esta respuesta le sirva y si no lo ha hecho, busque a un abogado de materia familiar en su localidad, para que le conteste dicha demanda, y que lo asesore personalmente... suerte con su asunto...
Lic. Erick Valdivia Lugo S.S.S.
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